Álava aprueba los nuevos incentivos fiscales para la industria audiovisual y creativa

Publicado el 17/03/2024

Incorpora nuevas deducciones a las artes audiovisuales, escénicas, musicales y a la edición de libros.

El Consejo de Gobierno de Álava ha aprobado el proyecto de norma foral que contempla deducciones a las empresas que lleven a cabo los proyectos en el Territorio o participen en los mismos mediante un contrato de financiación, con el objetivo de "avanzar en la aplicación de los nuevos incentivos fiscales para la industria audiovisual y creativa".

Según ha destacado el diputado general de Álava, Ramiro González, el proyecto plantea "mejorar sustancialmente el régimen de deducciones sobre el coste de producción, copias, publicidad y promoción de las películas, ya sean estatales o extranjeras".

Asimismo, incorpora nuevas deducciones a las artes escénicas y musicales y a la edición de libros, y contempla un tratamiento fiscal especial para aquellas producciones impulsadas por directores noveles o mujeres.

Así, las deducciones estipuladas en el proyecto de norma foral para las producciones audiovisuales varían entre el 50% y el 60%, dependiendo del porcentaje de inversión y gasto localizado en Euskadi.

Además, el proyecto prevé un 10% adicional para el caso de obras cuya única versión original sea en euskera. La deducción máxima aplicable en cualquiera de las situaciones será de 10 millones por obra y en el caso de las series de tres millones por capítulo.

En lo que respecta a las artes escénicas y musicales, la Hacienda alavesa introduce una deducción general del 30% en la cuota líquida del Impuesto sobre Sociedades, siendo ésta del 40% para el caso de obras en euskera.

La base de esta deducción está constituida por los costes directos de carácter artístico, técnico y promocional y la deducción máxima será de un millón por contribuyente. En esta línea, al menos el 50% de los beneficios de estas obras se tendrá que destinar a la reinversión de nuevos espectáculos en vivo, en un plazo comprendido entre el inicio del ejercicio de su obtención y los cuatro años siguientes al cierre de dicho ejercicio.

Por su parte, la deducción correspondiente a la edición de libros que permiten la confección de un soporte físico previo a su producción industrial seriada dará derecho a una deducción del 5% de la cuota líquida.

MAYOR COMPETITIVIDAD

González ha señalado que son más de 200 las empresas alavesas que desarrollan su actividad en este ámbito. "Cuentan con un potencial de crecimiento relevante y las mejoras en las deducciones fiscales van a permitir, además de aumentar su competitividad, atraer inversiones en otras actividades del sector, por el efecto arrastre", ha valorado.

En este sentido, ha puesto como ejemplos las actividades auxiliares o complementarias; sonido, iluminación, vestuario o composición musical, entre otras; así como en actividades de postproducción y en otros sectores de la economía alavesa.

El proyecto de norma foral será presentado ante las Juntas Generales de Álava a lo largo de las próximas semanas para su aprobación. El marco tributario contempla un régimen transitorio, de modo que las producciones de obras audiovisuales que, habiéndose iniciado con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de esta, no hubieran finalizado a dicha fecha, podrán aplicar los nuevos incentivos.



Fuente: La Ley
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