El sistema electrónico creado para ayudar a las micropymes insolventes ya es una realidad

Publicado el 13/01/2023

La medida estaba recogida en el libro tercero de la nueva Ley Concursal.

El libro tercero del texto refundido de la Ley Concursal, que es el que regula el procedimiento especial para microempresas, entró en vigor el pasado 1 de enero de 2023.

Como se desprende del propio preámbulo de la reforma, las micropymes o microempresas suelen acceder al procedimiento concursal cuando su balance financiero se ha deteriorado tanto y queda tan poco valor en la organización que cualquier solución reorganizativa resulta poco viable. No suficiente con ello, el concurso de acreedores se presenta como un procedimiento de corte clásico, formal y con un fuerte contenido procesal, lo que comporta, en su implementación, unos costes fijos altos, con independencia del tamaño de la empresa insolvente.

Ante esta complicada tesitura en la que no es infrecuente que la propia estructura procesal del concurso genere más gastos que el valor residual que permanece en la empresa con problemas financieros, el legislador estimó necesario diseñar un procedimiento que beneficiase a las micropymes a reducir notablemente los costes fijos del propio sistema.

Justicia cumple su compromiso en el plazo previsto

Cumpliendo a rajatabla con los plazos previstos en la norma, el Ministerio de Justicia ha anunciado la puesta en marcha del sistema electrónico para el procedimiento especial de microempresas.

El procedimiento específico se centra en aquellas micropymes que, en el año anterior a la solicitud del concurso, hayan empleado una media de menos 10 trabajadores y tengan un volumen de negocio anual inferior a 700.000 euros o un pasivo inferior a 350.000 euros, según se recoja en las últimas cuentas cerradas.

Como adelantábamos, el procedimiento especial diseñado busca reducir los costes del procedimiento, eliminando todos los trámites que no sean necesarios y limitando la participación de profesionales e instituciones a aquellos casos en que cumplan una función imprescindible, o cuyo coste sea voluntariamente asumido por las partes.

La fórmula diseñada en el nuevo libro tercero articula una simplificación procesal estructural para las partes basada en que la comunicación en el seno del procedimiento se realizará a través de formularios normalizados oficiales accesibles en línea, sin coste. Así, los implicados recibirán la información en tiempo real, garantizando la completitud de la información.

Como es lógico, para beneficiarse y hacer uso de este procedimiento, los usuarios interesados deberán utilizar sus propios certificados electrónicos cualificados o de sistemas de identificación electrónica tales como Cl@ve y Cl@veJusticia.

El nuevo servicio «permite recoger y encaminar la información a los juzgados de manera homogénea, equivalente y electrónica»

Según anuncian desde el Ministerio liderado por Pilar Llop Cuenca, el sistema electrónico de formularios reduce los plazos procesales y los dota de herramientas tecnológicas comunes en todo el territorio para la gestión y ejecución de los activos. En palabras de la ministra, el nuevo servicio “permite recoger y encaminar la información a los juzgados de manera homogénea, equivalente y electrónica”. Además, con esta puesta en marcha, las microempresas con problemas financieros dispondrán de procedimientos “específicos, más rápidos y ágiles, favoreciendo la transparencia y la recuperación de la situación de especial dificultad de los empresarios”, ha explicado Llop.

Asimismo, según Justicia, nos enfrentamos ante el primer sistema exclusivamente basado en datos, proporcionando información de valor, que puede redundar en el apoyo al tejido empresarial y derivar en la aplicación de políticas públicas adecuadas para la protección económica y social.



FUENTE: ECONOMIST & JURIST

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