Dado el contexto de cumplir ciertas circunstancias, los españoles con vivienda en propiedad podrían quedar exentos de pagar el IRPF.
Exención
por reinvertir en una vivienda habitual
Una persona que acaba de vender su vivienda habitual y quiere utilizar el dinero para comprar una vivienda habitual, podría estar exento de pagar el IRPF. Pero, para que se pueda dar este caso, debe cumplir unas condiciones concretas:
Exención
para mayores de 65 años
En el
caso de las personas mayores de 65 años, estas no tienen que pagar IRPF en
caso de vender su vivienda habitual, sin tener en cuenta el hecho de si
reinvierten o no su dinero en otra vivienda nueva.
No obstante, si la vivienda que quieren vender se trata de su segunda residencia, sí que tendrán que acogerse al pago del IRPF. Pero, en caso de que el dinero de la venta de la segunda residencia quiera ser destinado a la construcción de una renta vitalicia, podrán quedar exentos. Para que este caso se pueda dar, la renta vitalicia debe cumplir con los siguientes requisitos:
Exención
por entregar el piso en dación en pago
Si una persona se ve obligada a entregar su vivienda en una dación de pago a causa de no poder pagar la hipoteca, esta puede acogerse a la exención. Para ello, dicha persona deberá no disponer de ningún otro bien cuya cuantía pueda satisfacer la deuda en propiedad.
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