La Ley de la Segunda Oportunidad será más rápida, barata y eficaz

Publicado el 14/09/2022

"El número de deudores que se acoge a este derecho no ha dejado de crecer"

  • El procedimiento en su totalidad deberá resolverse en el plazo máximo de un año
  • Los costes para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad bajan en un 30%, según calcula la Asociación de Ayuda al Endeudamiento
  • Se permite a los deudores conservar su vivienda habitual tras la exoneración en todos los casos

Desde su aparición en 2015, la Ley de la Segunda Oportunidad se ha erigido de vital importancia para aquellas personas físicas en situación de insolvencia. Tanto particulares como autónomos han solicitado la tramitación del proceso para lograr empezar una vida sin deudas.

Aunque es cierto que en sus primeros años generaba desconfianza sobre eficacia, desde 2019 el número de deudores que se acoge a este derecho no ha dejado de crecer. Parte de culpa la tuvo la Sentencia del Tribunal Supremo de 2 julio de 2019 que confirmaba que las deudas con la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social se incluían en la exoneración.

Con la llegada de la pandemia ocasionada por la Covid-19, 2020 se convirtió en el año donde se experimentó el aumento más drástico de personas declaradas en concurso de acreedores. Los ingresos de muchas familias se vieron drásticamente afectados, por lo que la Ley de la Segunda Oportunidad resultaba su única salida.


Merece la pena destacar que los que más vieron una solución en esta Ley fueron los autónomos, incrementándose en un 300% el número de empresarios que se declararon insolvente. Los motivos fueron sobre todo el cese de actividad parcial o total de sus negocios, la ausencia de ayudas reales del Gobierno y los costes fijos a satisfacer cuando no podían facturar regularmente.

Qué novedades trae la nueva Ley de la Segunda Oportunidad en 2022

La reforma concursal trae diferentes actualizaciones para adecuar nuestra normativa concursal a la Directiva Europea 2019/1023. Con ello se solventan algunas deficiencias que ya venían siendo advertidas por Magistrados y Jueces de lo Mercantil, además de por la mayoría de abogados y economistas concursales.

Entre las novedades, se esclarece la inclusión del crédito público en la exoneración, el derecho a mantener la vivienda habitual, aunque se conceda la exoneración del pasivo insatisfecho, y que el proceso en su totalidad sea más ágil, sencillo y accesible para todos los deudores que lo necesiten.

Qué ventajas existen con la nueva Ley de la Segunda Oportunidad

  1. El procedimiento reduce su duración total
    La no obligatoriedad del acuerdo extrajudicial de pago supone una mejora notable en los plazos para conseguir el perdón de las deudas. Además, los únicos Juzgados competentes serán los Juzgados de lo Mercantil, más especializados y menos saturados que los de Primera Instancia, con unos plazos máximos para resolver las actuaciones judiciales.
  2. La ley de la segunda oportunidad pasa a ser más barata
    La supresión del AEP supone la eliminación de figuras que suponían un coste para el interesado de la Ley de la Segunda Oportunidad, como los honorarios del mediador concursal o el coste de notaría, Registro Mercantil o Cámara de Comercio. También, en la mayoría de casos, prescindir del administrador concursal.
  3. Deja de ser obligatorio liquidar los bienes para obtener la exoneración de las deudas
    El nuevo artículo 486 establece dos modalidades de exoneración del pasivo insatisfecho. Estas son:
    a) Exoneración definitiva con la liquidación del patrimonio.
    b) Exoneración provisional sujeta a un plan de pagos. El concursado evita la enajenación de sus bienes siempre que satisfaga una parte de los créditos no exonerables y parte de los exonerables. Estos pagos serán a 3 años, excepto cuando se conserve la vivienda habitual que se podrá alargar hasta los 5 años.
  4. Se permite mantener siempre la vivienda habitual
    Hasta ahora, para mantener la vivienda habitual en propiedad, los deudores insolventes debían cumplir una serie de requisitos como bien sabemos:
    a) La vivienda debía tener una hipoteca
    b) Acreditar que el valor de mercado de la vivienda es inferior a la carga hipotecaria pendiente
    c) El préstamo hipotecario debía llevarse al día o al menos poder retomar los pagos del plan de amortización

“Con la nueva Ley, bastará con solicitar la exoneración provisional y cumplir con el plan de pagos propuesto para asegurar que mantendrá la vivienda”.

Exoneración de deudas tributarias y con la Seguridad Social

Con la vigente redacción del Texto Refundido de la Ley Concursal la condonación de deudas públicas parecía expresamente prohibida. No obstante, es cierto que desde los Tribunales se fue respetando la esencia del mecanismo de segunda oportunidad y se continuó perdonando estas obligaciones siguiendo la doctrina del Tribunal Supremo.

En la actual redacción de la norma, se aprueba la exención de pago de 10.000 euros a cada administración pública, quedando el resto sometido a plan de pagos.

Qué previsiones tiene esta nueva Ley de la Segunda Oportunidad

No se espera un freno en el aumento de concursos a pesar de la incertidumbre que puede generar la nueva reforma. Los beneficios proporcionados por el nuevo procedimiento servirán de atractivo para aquellos deudores en condición de insolvencia.

Mientras que en el primer trimestre de 2018 se comenzaron 635 procesos de Ley de la Segunda Oportunidad, casi se triplica a inicios de este mismo año con 1800 casos. Los economistas prevén que la cifra siga creciendo durante este invierno.

Se prevé, considerando las modificaciones introducidas por la reforma concursal y la situación inflacionaria actual, que el número de deudores que inicie el procedimiento en 2023 se multiplique por dos.



FUENTE: ECONOMIST & JURIST


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