¿Cómo nos afecta la nueva directiva del canal de denuncia (whistleblowing), aprobada en UE?

Publicado el 09/03/2020
La nueva norma, publicada el 26 de noviembre de 2019 en el Diario Oficial de la Unión Europea, establece el marco regulatorio para los sistemas de denuncias internas y externas a nivel europeo y deberá ser transpuesta por los Estados Miembros. A partir de su implementación, las entidades jurídicas de más de 50 trabajadores o que realicen ciertas actividades, deberán incorporar canales de denuncia interna y procesos de seguimiento de las mismas.

Esta directiva (2019/1937) de protección a los denunciantes de corrupción, conocidos como whistleblowers (su nombre en inglés) trata de la protección y apoyo de dichos denunciantes de conductas ilegales e infracciones, la directiva garantiza la protección efectiva de los denunciantes cuando informen sobre infracciones en materia de contratación pública, prevención del blanqueo de capitales, productos financieros, protección del medio ambiente, , seguridad alimentaria, salud pública, bienestar animal, protección de los consumidores y privacidad, etc… el uso de los canales de denuncia activará la aplicación del estatuto de protección del denunciante que garantizará la confidencialidad, la prohibición de represalias, con sanciones en caso de que existieran (despido, degradación laboral o cualquier otra medida en contra del trabajador), acceso a asesoramiento gratuito y protección en los procedimientos judiciales (exención de responsabilidad por revelación de información).

Los canales de whistleblowing se enmarcarán dentro del entorno del cumplimiento normativo de las empresas mediante los Sistemas de Gestión de “Compliance”, siendo estos canales de denuncia una pieza clave en la implantación de modelos de compliance, lo que a la larga va a suponer no sólo una obligación normativa cumplida, sino también una nueva oportunidad de crecimiento en la transparencia y seguridad de las empresas.

FUENTE: ADADE CENTRAL

 

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