Las cotizaciones en los ERE a mayores de 55 años las pagarán las empresas

Publicado el 13/04/2019
La empresa deberá abonar al Sistema las cotizaciones correspondientes por este tipo de convenio. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ha publicado la Orden Ministerial que garantiza el cumplimiento de la obligación empresarial de suscribir y pagar el Convenio Especial para personas trabajadoras mayores de 55 años, en el caso de despidos en las regulaciones de empleo (ERE).

La nueva orden ministerial de la Seguridad Social, pactada con sindicatos y empresarios, según manifiestan desde el Ministerio de Trabajo, con el objetivo de «dar seguridad jurídica» a las personas de más de 55 años afectadas por una regulación de empleo en empresas que no estén en un procedimiento concursal, reforzará la obligación de las empresas de suscribir y pagar los convenios especiales que deben hacer con la Seguridad Social en los despidos colectivos.

Es decir las empresas tendrán que complementar de forma efectiva las cotizaciones de los trabajadores mayores de 55 años hasta la edad de jubilación anticipada, con el fin de que no pierdan una cuantía sustancial de la pensión posterior. La obligación de la empresa se mantendrá hasta que los trabajadores y trabajadoras cumplan los 63 años o 61, este último caso si se trata de un despido colectivo por causas económicas. A partir de ese momento, las personas afectadas deberán abonar las aportaciones a la Seguridad Social hasta la fecha de acceso a la jubilación anticipada. 

En caso de incumplimiento por la empresa, los afectados tendrán un plazo de seis meses para suscribir el citado convenio con la Seguridad Social. Quedando iniciado el procedimiento que permitirá a la Tesorería General de la Seguridad Social reclamar las cotizaciones sociales a las empresas tanto en periodo voluntario como en vía ejecutiva.

Por otro lado, las empresas han demandado un plazo para solicitar la suscripción del Convenio, por lo que la Orden concreta como fecha límite la de notificación individual del despido a cada trabajador afectado. Esta nueva normativa contribuirá a elevar los costes laborales en un año en el que las bases máximas de cotización ya se han encarecido un 7%. El empresario podrá optar, por realizar un pago de las cotizaciones de todos los trabajadores incluidos en el despido colectivo.

FUENTE: ADADE CENTRAL

*Para recibir más información, suscríbase gratuitamente al boletín de noticias de ADADE/E-CONSULTING

 

Galería de Imágenes...

 

 

Compartelo en las redes sociales

 

 

Volver a noticias

 

 

 

 

Buscar...

 

Social

 

Facebook ADADE Twitter ADADE Youtube ADADE Issuu ADADE LinkedIn ADADE

 

Publicaciones recientes

 

Archivo de noticias

 

Newsletter

Para recibir más información y suscribirse gratuitamente al boletín de noticias de ADADE/E-CONSULTING indique su email aquí.

Nombre:


Email:




Finalidades: Envío de nuestro boletín comercial así como remitirle información comercial de nuestros productos y servicios, comunicaciones informativas y publicitarias sobre nuestros productos o servicio que sean de su interés y promociones comerciales, incluso por correo electrónico. Legitimación: El consentimiento del usuario. Destinatarios: Podrán ser dirigidos o cedidos a las empresas del grupo o que colaboran habitualmente con AGRUPACION DE ASESORIAS -ADADE- y E-CONSULTING ASESORES Y CONSULTORES GLOBAL GROUP S.Apara fines promocionales o para enviarle comunicaciones relativas a los servicios prestados por las entidades dentro de las empresas del grupo, que se consideren que puedan ser de su interés. Derechos: Puede retirar su consentimiento en cualquier momento, así como acceder, rectificar, suprimir sus datos y demás derechos en [email protected]. Información adicional: Puede ampliar la información en el enlace de Política de Privacidad.