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- El Tribunal Supremo refuerza la protección a los administradores frente a derivaciones de responsabilidad tributaria injustificadas
- 26 de mayo de 2025
El Tribunal Supremo refuerza la protección a los administradores frente a derivaciones de responsabilidad tributaria injustificadas
La sentencia del Tribunal Supremo de 20 de mayo de 2025, emitida por la Sala Tercera, Sección Segunda, constituye un hito relevante en la interpretación del artículo 43.1.a) de la Ley General Tributaria (LGT). Este fallo aclara que la responsabilidad subsidiaria de los administradores por deudas y sanciones tributarias no puede imputarse de forma automática, sino que requiere la acreditación de culpa o negligencia por parte de la Administración.
Un precedente judicial de gran alcance
Hasta ahora, la Administración Tributaria podía derivar la responsabilidad subsidiaria al administrador de una empresa sin necesidad de probar una conducta reprochable. Esta práctica, avalada en ocasiones por órganos jurisdiccionales, vulneraba principios esenciales del ordenamiento jurídico, especialmente el de presunción de inocencia. El Tribunal Supremo ha corregido esta tendencia.
Aspectos clave de la sentencia
- La responsabilidad del administrador no es automática
El Tribunal subraya que la derivación de responsabilidad subsidiaria es una medida de naturaleza cuasi sancionadora, y por tanto exige que se acredite una conducta culposa o negligente del administrador. El mero hecho de ostentar el cargo no basta para imputar la deuda o la sanción tributaria.
- Carga de la prueba a cargo de la Administración
Corresponde a la Administración demostrar con pruebas concretas y suficientes en qué consistió la falta de diligencia del administrador. No es el administrador quien debe probar su inocencia, sino la Administración quien debe acreditar su culpabilidad.
- Aplicación del principio in dubio pro reo
En caso de duda razonable sobre la actuación del administrador, debe resolverse el procedimiento a favor del mismo, en virtud del principio jurídico in dubio pro reo. Esta interpretación refuerza la tutela judicial efectiva y el debido proceso.
Contexto del caso: un ejemplo que sienta jurisprudencia
El origen de esta doctrina está en un recurso contra una resolución de la Audiencia Nacional que confirmaba la derivación de responsabilidad a un administrador por deudas y sanciones de IVA de los años 2006 a 2008. El Tribunal Supremo anuló dicha resolución, al considerar que la mera existencia de la deuda y la insolvencia empresarial no justifican por sí solas la culpabilidad del administrador.
Implicaciones prácticas del fallo
a) Mayor protección para los administradores sociales
Esta sentencia blinda a los administradores frente a reclamaciones injustificadas. Se les reconoce el derecho a no ser responsabilizados salvo que se demuestre una actuación dolosa o negligente.
b) Mayor rigor exigido a la Administración Tributaria
A partir de ahora, no bastará con invocar el cargo del administrador ni el impago de las deudas. Será indispensable que la Administración detalle los hechos concretos que demuestran una conducta culpable.
c) Seguridad jurídica y previsibilidad
Este criterio jurisprudencial armoniza la interpretación del artículo 43.1.a) LGT, aportando claridad y coherencia a los procedimientos de derivación de responsabilidad. Los administradores podrán actuar con mayor seguridad, conscientes de que no se les sancionará sin pruebas fehacientes.
d) Modificación de la práctica administrativa y judicial
El fallo obliga a modificar los criterios hasta ahora vigentes tanto en la Administración como en los tribunales inferiores. Se trata de una sentencia con vocación de generalidad, que condicionará futuros pronunciamientos y actuaciones inspectores.
e) Fortalecimiento de derechos fundamentales
El respeto a la presunción de inocencia y al principio de culpabilidad en el ámbito sancionador se reafirman como pilares del sistema tributario. Se impide que se impongan cargas sin el respaldo de un procedimiento justo y garantista.
Conclusión
La sentencia del Tribunal Supremo supone un avance fundamental en la protección de los administradores frente a la derivación automática de deudas tributarias. Establece un nuevo estándar probatorio y fortalece la seguridad jurídica en el marco de la responsabilidad tributaria. A partir de ahora, la Administración deberá actuar con mayor rigor y respeto a los derechos del contribuyente, asegurando que toda sanción esté sustentada en hechos debidamente acreditados y no en meras presunciones.
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