El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha incorporado la negociación ecológica en el borrador de la Ley de Movilidad Ecológica.
Esta
futura normativa, que modificará el artículo 85.1 del Estatuto de los
Trabajadores, exigirá que las empresas con una plantilla
superior a 500 trabajadores elaboren planes de movilidad sostenible en
acuerdo con los representantes legales de los empleados.
El
Gobierno ha dado luz verde al anteproyecto de la Ley de Movilidad Sostenible, que
será presentado para su proceso de urgencia y
posterior aprobación en 2024, en línea con los compromisos asumidos con la
Unión Europea dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Esta
normativa incluirá la movilidad sostenible en el ámbito
laboral dentro
de la negociación colectiva. Con el título “Movilidad sostenible en el
trabajo”, la
ley propuesta obligará a todas las empresas,
incluyendo las del sector público, a desarrollar planes de movilidad sostenible
para sus centros de trabajo con más de 500 empleados o 250 por turno, en un
plazo de 24 meses tras la entrada en vigor de la ley.
Los
planes de movilidad sostenible deberán ser consensuados con los representantes
legales de los empleados o, en su defecto, con un comité formado por los
sindicatos más significativos del sector.
Deberán
incluir acciones específicas de movilidad sostenible, como la promoción de la movilidad
activa, el
uso del transporte público, opciones de movilidad
de cero emisiones, alternativas de movilidad compartida y
colaborativa, o la implementación del teletrabajo cuando
sea viable.
Estas
estrategias necesitarán una evaluación y seguimiento continuo para garantizar
la implementación efectiva de las acciones y medidas propuestas, incluyendo
también aspectos de seguridad y prevención de accidentes en los trayectos al
lugar de trabajo.
Para facilitar la negociación de estas estrategias, se revisará el artículo 85.1 del Estatuto de los Trabajadores para incluir la obligación de negociar acciones que fomenten la creación de planes de movilidad sostenible laboral.
ADADE
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