El Banco de España refuerza la regulación en información financiera y remuneraciones

Publicado el 23/11/2023

El Banco de España ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Circular 3/2023, de 31 de octubre, que introduce importantes modificaciones en la regulación de la información que deben proporcionar las entidades y establecimientos financieros de crédito.


Esta nueva circular modifica tanto la Circular 2/2016, de 2 de febrero, relacionada con la supervisión y solvencia de entidades de crédito, como la Circular 1/2022, de 24 de enero, sobre liquidez, normas prudenciales y obligaciones de información.

La actualización de la Circular 2/2016 busca alinear su contenido con las recientes modificaciones legislativas, en particular con la Ley 10/2014 y la Ley 18/2022, conocida como «Ley crea y crece». Estas modificaciones afectan la actuación en España de entidades extracomunitarias sin sucursal, introduciendo requisitos mínimos en el proceso de autorización y referencias a la aplicación del artículo 149 de la Ley 6/2023 de Mercados de Valores y Servicios de Inversión. Además, se han eliminado algunos formularios y se han introducido cambios en la información prudencial sobre remuneraciones.

Entre los cambios más destacados en la información sobre remuneraciones, se encuentran:

·        la actualización de las normas 62 y 64

·        la incorporación de las normas 64 bis y 64 ter.

Estas últimas introducen informes sobre la brecha salarial de género y la comparación de las ratios más elevadas autorizadas entre los componentes fijos y variables de la remuneración. Además, se han adaptado los estados existentes a las nuevas Directrices de la Autoridad Bancaria Europea (EBA).

En cuanto a la Circular 1/2022, se han modificado las normas 19 y 25 y se ha añadido una norma 25 bis. El objetivo es alinear las obligaciones de información de los establecimientos financieros de crédito con las de las entidades de crédito, teniendo en cuenta el principio de proporcionalidad.

Esta circular entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE. Se ha establecido un calendario para la remisión de los estados de remuneraciones, comenzando con la información correspondiente al 31 de diciembre de 2023, que deberá remitirse a más tardar el 15 de junio de 2024.

Con estas actualizaciones, el Banco de España busca mejorar la transparencia y el control en el sector financiero, adaptándose a los cambios legislativos y a las exigencias de un entorno financiero en constante evolución. Estas medidas reflejan el compromiso del regulador con la supervisión efectiva y la adaptación a estándares europeos, particularmente en lo que respecta a la gestión de remuneraciones y la igualdad de género.


Enlace a la circular


FUENTE ADADE CENTRAL

 

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