Protección por cuidado de menores con cáncer o enfermedades grave

Publicado el 26/07/2023


El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que modifica el Real Decreto 1148/2011, que regula la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.

El texto recoge, entre otras medidas, la ampliación de las situaciones protegidas con el reconocimiento y la cobertura de los afectados hasta los 23 años (inicialmente era hasta los 18 años) y, en casos de un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento, hasta los 26 años. También se incorporan los casos de familias monoparentales y se incluye la posibilidad de que resulte beneficiario el cónyuge o pareja de hecho de las personas afectadas por la enfermedad.

Para facilitar la gestión de esta prestación, se fija un nuevo régimen para las prórrogas: el subsidio se reconoce por un mes, prorrogable inicialmente por un periodo de dos meses y, posteriormente, se tramitarán sucesivos periodos de cuatro meses (antes eran periodos de dos meses), hasta que la persona afectada cumpla 23 años o 26 años si acredita un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento.

La prestación por cuidado de un hijo enfermo de cáncer u otra enfermedad grave que cubre la Seguridad Social se dirige a progenitoresadoptantesacogedores (ahora también cónyuges o parejas de hecho) con un niño enfermo de cáncer u otra enfermedad grave desde 2011.

Esta prestación se reconoce a la persona que reduce su jornada laboral al menos en un 50% para el cuidado de la persona enferma y tiene como objeto compensar la pérdida de ingresos. En la actualidad hay unos 9.700 procesos en vigor, cuya duración media es de 502 días.

FUENTE ADADE CENTRAL

 

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