Publicado el Real Decreto-ley por el que se prohíbe trabajar al aire libre en episodios de elevadas temperaturas

Publicado el 16/05/2023

El Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, en conjunto a otras medidas laborales y de Seguridad Social, fortalece la legislación relacionada con la prevención de riesgos laborales frente a altas temperaturas registradas en los últimos años. 

Concretamente, esta normativa prohíbe llevar a cabo ciertas tareas durante los periodos de temperaturas más elevadas, además de adaptar las condiciones de trabajoreducir o modificar las horas de trabajo cuando la Agencia Estatal de Meteorología emita alertas de nivel naranja o rojo.

Estas disposiciones afectarán a todos los lugares de trabajo, incluidos los siguientes:

  • Los medios de transporte utilizados fuera de la empresa o lugar de trabajo, tanto aquellos lugares de trabajo situados dentro de los medios de transporte.
  • Trabajos temporales o móviles relacionados con la construcción.
  • Actividades industriales relacionadas con la extracción.
  • Buques de pesca.
  • Áreas agrícolas, forestales u otros terrenos que formen parte de una empresa o centro de trabajo, pero que se encuentren fuera de las áreas edificadas de dichas instalaciones.

El Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, modifica varias normativas, incluyendo el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, con el propósito de garantizar la implementación de medidas adecuadas frente a fenómenos meteorológicos adversos, y establecer disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

Todas estas acciones se alinean con la Estrategia Española de Seguridad y Salud 2023-2027 y con los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030.

Considerando la alarma generada por los efectos del cambio climático, el mes de julio pasado fue el mes más cálido registrado, con incrementos anómalos de las temperaturas medias superiores a los 4ºC, resulta necesario establecer una obligación específica de prever medidas adecuadas para hacer frente a los riesgos relacionados con fenómenos meteorológicos adversos.

En particular, el Real Decreto-ley establece la prohibición de llevar a cabo ciertas tareas durante las horas del día en las que se presenten estos fenómenos, así como la obligación de adaptar las condiciones de trabajo, incluyendo la reducción o modificación de las horas de jornada laboral previstas, cuando la Agencia Estatal de Meteorología emita alertas de nivel naranja o rojo, y las medidas preventivas previas no garanticen la protección de los trabajadores.

Estas disposiciones entraron en vigor el día siguiente a la publicación en el BOE, es decir, el 13 de mayo.



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FUENTE ADADE CENTRAL

 

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