Los planes de pensiones a partir de 2021

Los planes de pensiones a partir de 2021

A finales de 2020 tuve ocasión de impartir una formación para profesionales mediadores de seguros sobre la fiscalidad de determinados productos.En mi caso, me ceñí a los planes de pensiones y a los llamados PIAS.

Ciertamente, la modificación llevada a cabo por la última Ley de Presupuestos en la fiscalidad de los planes de pensiones es de gran calado y ha de tenerse en cuenta.Recordemos que hasta 2020 las aportaciones hasta estos planes eran objeto de una reducción en el Impuesto sobre la Renta de forma tal que lo aportado a esos productos minoraba los rendimientos del trabajo, consiguiendo el efecto de que no se tributaba por ese ingreso cuando se destinaba a aportarlo a un plan de pensiones.Todo ello, con un límite general de 8.000 euros.Ello hacía de este producto algo interesante para contribuyentes con rentas más bien altas y que podían reducir el importe a tributar por su tipo marginal en la espera (o esperanza) de que al tributar esos importes por rescatar el plan en cuestión lo harían a un tipo marginal más reducido por la merma de ingresos que suele acompañar a la jubilación.Realmente, fuera de este escenario, el interés fiscal de los planes de pensiones era muy escaso.No obstante y siempre que contaran con una revalorización aceptable, parecían un producto interesante para complementar futuras pensiones de jubilación.Es por ello que con el problema que tenemos con nuestro sistema de pensiones, no parece buena idea restarle atractivo a este tipo de productos.

A pesar de esta reflexión personal, no obstante compartida por muchos, en la Ley de Presupuestos para 2021 se ha producido ya de hecho la rebaja sustancial del importe máximo por el que se puede practicar dicha reducción, que se sitúa ya en los 2.000 euros, un importe que queda muy lejos de los ya añorados 8.000 euros con los que veníamos funcionando.

En sentido contrario a esta bajada, hay que señalar que el límite para las aportaciones empresariales se ha elevado hasta la cantidad de 10.000 euros.Este sistema es neutro para el contribuyente persona física pero, personalmente, no le auguro ningún gran éxito y mucho menos en el mundo pyme (la amplísima mayoría de las empresas de nuestro tejido empresarial) toda vez que en la situación actual, colmada de incertidumbre, no se intuye como probable que las empresas opten por notables subidas de retribución a sus trabajadores y, menos aún, aplicándola a este tipo de productos y no al líquido de las nóminas.

Víctor Perez Castro
Socio Director Asesoría Antonio Pérez ADADE Almería