Entra en vigor las medidas incluidas en la Ley 11/2023 que permiten crear el protocolo electrónico notarial, lo que agilizará el intercambio de información y generará de forma casi inmediata millones de copias electrónicas de los documentos notariales.
La ley también permite por primera vez en la historia que los
ciudadanos y las empresas dispongan de copias electrónicas de sus documentos
notariales y que puedan intercambiárselas o enviarlas a los organismos que se
las soliciten, con el consiguiente ahorro de tiempo y papel.
El Consejo General del Notariado calcula que las copias
electrónicas que solicitarán ciudadanos y empresas podrían superar los 13
millones al año.
Los ciudadanos podrán elegir por vía online al notario
que prefieran, localizar al que tenga los originales de sus escrituras y
pedirle copias, mantener con él video conferencias seguras, y consultar e
intercambiar documentación previa a la firma de la escritura pública.
“Los servicios digitales son una opción para los ciudadanos y las
empresas. Los notarios seguirán prestando mayoritariamente sus servicios en
persona en las casi 3.000 notarias que tienen repartidas por todo el país,
evitando cualquier brecha digital”, explica José Ángel Martínez
Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado. “La prestación
de un servicio, de calidad, ágil y cercano, con las máximas garantías de
seguridad y protección jurídica, sigue siendo el principal objetivo de los
notarios. El legislador ha optado por la prudencia, reconociendo el valor
del servicio notarial en persona”, añade el presidente del Notariado.
Los notarios también podrán prestar íntegramente algunos servicios
notariales, fundamentalmente de carácter mercantil, como la constitución de
sociedades online, como respuesta a la exigencia de la Unión Europea
(plasmada en la Directiva 2019/1151) de permitir que cualquier ciudadano pueda
constituir una sociedad limitada en otro país miembro sin necesidad de
presencia física.
La videoconferencia notarial podrá agilizar trámites societarios de
urgencia para las empresas, o resolver situaciones societarias en las que es
difícil reunir presencialmente a todas las personas que habrían de estar. Por
ejemplo, para ampliaciones de capital, nombramiento de administradores, cambios
de domicilio de sociedades, actas de junta general...
Todos estos servicios se prestarán en la Sede Electrónica Notarial,
creada por los notarios en 2004. Un espacio dotado de las mayores medidas de
seguridad que ha obtenido el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), nivel
alto, del que solo disponen contadísimos organismos.
El Portal Notarial del Ciudadano es la puerta de entrada para
ciudadanos y empresas a la Sede Electrónica Notarial. En este portal ya hay
dadas de alta más de 300.000 personas físicas y jurídicas.
https://www.portalnotarial.es/
Los notarios llevan más de dos décadas sirviéndose de los avances
tecnológicos para prestar un servicio más ágil a ciudadanos y empresas, siendo
pioneros en desarrollo tecnológico entre los notariados de la UE.
FUENTE: El Derecho
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