Los directivos implicados en un cártel empresarial pagarán hasta 400.000 euros de multa y sus empresas, 50 millones

Publicado el 30/03/2023

En el caso de las multinacionales, la sanción podrá ser mucho más alta, al aplicarse sobre el 10% de sus ventas mundiales.

El Gobierno no ceja en su afán por apretar las tuercas a las empresas. Tras el aumento de la presión fiscal, la subida de las cotizaciones, poner sobre sus hombros el sostenimiento futuro del sistema de pensiones y sufrir una campaña de descrédito institucional -según han denunciado con reiteración desde CEOE-, ahora busca elevar las sanciones contra las empresas que cometan irregularidades relacionadas con la competencia o formen un cártel ilegal. Según fuentes gubernamentales, el objetivo es elevar el importe de las sanciones, "que son bajas y no ejercen ningún efecto disuasorio porque a las empresas infractoras les sale a cuenta pagarlas", además de ampliar las responsabilidades a los directivos, sobre los que también proponen que asuman "un mayor castigo económico personal". En el caso de las empresas, la multa podría llegar hasta 50 millones de euros por cártel o el 10% de las ventas mundiales y, en el caso de dirigentes, hasta 400.000 euros de su propio patrimonio.

Según recoge el texto, el objetivo es aumentar exponencialmente las cantidades mínima y máxima del baremo de multas. Así, pretende ampliar hasta el citado máximo de 50 millones los casos más graves y un mínimo de un millón de euros para las empresas implicadas en la concertación de precios, multas que serán extensibles a propietarios y directivos de las compañías.

En concreto, y según el texto de la enmienda, aquellas compañías que infrinjan la normativa, podrán ser sancionadas con una multa de un millón de euros en un caso leve, con hasta 10 millones si la infracción es grave y con 50 millones si es muy grave, como es el caso de pertenecer a un cártel, según recoge Europa Press. La normativa actual dispone que las multas leves oscilan en una horquilla de entre 100.000 y 500.000 euros; las graves entre 500.001 euros y 10 millones y las muy graves por encima de los 10 millones, pero sin especificar un tope. Pero esto es solo en el caso de que no sean multinacionales. Si estas tienen filiales fuera del territorio nacional, las multas se calcularían "en función de la facturación mundial" de la empresa y no la total, como está dispuesto actualmente en la ley de sanciones. El baremo se establecería con la más leve sobre el 1% del volumen de negocios mundial de la compañía o sobre el total de la asociación de empresas participantes en el cártel; las graves con hasta el 5% del volumen mundial y las muy graves con hasta el 10%.

Estos porcentajes implicarían una mayor cuantía de las sanciones en comparación con las multas fijas propuestas por el grupo socialista, especialmente en los casos de infracciones muy graves. Así, en el caso de una empresa que a nivel mundial facture, por ejemplo, 1.000 millones de euros, las multas oscilarían entre el millón y los 100 millones de euros.

Otra de las novedades de la enmienda socialista implica la asunción de mayores responsabilidades económicas por parte del cuadro directivo. En este sentido, se crea una tabla de sanciones que incrementa de 60.000 hasta 400.000 euros la multa a cada uno de los directivos de la empresa infractora. Eso sí, abren la puerta a exenciones, ya que quedarían al margen aquellas personas que, formando parte de los órganos de administración, no hubieran asistido a las reuniones o hubieran votado en contra o salvado su voto ante una supuesta decisión que infrinja la ley.



FUENTE: LA RAZÓN

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