En el caso de las multinacionales, la sanción podrá ser mucho más alta, al aplicarse sobre el 10% de sus ventas mundiales.
El Gobierno no ceja en su afán por apretar las tuercas a las empresas.
Tras el aumento de la presión fiscal, la subida de las cotizaciones, poner
sobre sus hombros el sostenimiento futuro del sistema de pensiones y sufrir una
campaña de descrédito institucional -según han denunciado con reiteración desde
CEOE-, ahora busca elevar las sanciones contra las empresas que cometan
irregularidades relacionadas con la competencia o formen un cártel ilegal.
Según fuentes gubernamentales, el objetivo es elevar el importe de las
sanciones, "que son bajas y no ejercen ningún efecto disuasorio porque a
las empresas infractoras les sale a cuenta pagarlas", además de ampliar las
responsabilidades a los directivos, sobre los que también proponen que asuman
"un mayor castigo económico personal". En el caso de las empresas, la
multa podría llegar hasta 50 millones de euros por cártel o el 10% de las
ventas mundiales y, en el caso de dirigentes, hasta 400.000 euros de su propio
patrimonio.
Según recoge el texto, el objetivo es aumentar exponencialmente las
cantidades mínima y máxima del baremo de multas. Así, pretende ampliar hasta el
citado máximo de 50 millones los casos más graves y un mínimo de un millón de
euros para las empresas implicadas en la concertación de precios, multas que
serán extensibles a propietarios y directivos de las compañías.
En concreto, y según el texto de la enmienda, aquellas compañías que
infrinjan la normativa, podrán ser sancionadas con una multa de un millón de
euros en un caso leve, con hasta 10 millones si la infracción es grave y con 50
millones si es muy grave, como es el caso de pertenecer a un cártel, según
recoge Europa Press. La normativa actual dispone que las multas leves oscilan
en una horquilla de entre 100.000 y 500.000 euros; las graves entre 500.001
euros y 10 millones y las muy graves por encima de los 10 millones, pero sin
especificar un tope. Pero esto es solo en el caso de que no sean multinacionales.
Si estas tienen filiales fuera del territorio nacional, las multas se
calcularían "en función de la facturación mundial" de la empresa y no
la total, como está dispuesto actualmente en la ley de sanciones. El baremo se
establecería con la más leve sobre el 1% del volumen de negocios mundial de la
compañía o sobre el total de la asociación de empresas participantes en el
cártel; las graves con hasta el 5% del volumen mundial y las muy graves con
hasta el 10%.
Estos porcentajes implicarían una mayor cuantía de las sanciones en
comparación con las multas fijas propuestas por el grupo socialista,
especialmente en los casos de infracciones muy graves. Así, en el caso de una
empresa que a nivel mundial facture, por ejemplo, 1.000 millones de euros, las
multas oscilarían entre el millón y los 100 millones de euros.
Otra de las novedades de la enmienda socialista implica la asunción de mayores responsabilidades económicas por parte del cuadro directivo. En este sentido, se crea una tabla de sanciones que incrementa de 60.000 hasta 400.000 euros la multa a cada uno de los directivos de la empresa infractora. Eso sí, abren la puerta a exenciones, ya que quedarían al margen aquellas personas que, formando parte de los órganos de administración, no hubieran asistido a las reuniones o hubieran votado en contra o salvado su voto ante una supuesta decisión que infrinja la ley.
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