El aumento del Salario Mínimo Interprofesional implica que quienes lo perciban tengan que tributar por el IRPF.
Finalmente, la promesa del Gobierno se hizo realidad: el Consejo de
Ministros aprobó la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
a 1.080 euros, a abonar en 14 pagas.
Con este incremento se espera que haya un alivio económico a 2,5
millones de trabajadores en España, sobre todo de colectivos como las mujeres,
los jóvenes y los empleados en sectores como el comercio minorista o la
agricultura.
Pero si sube el salario, también sube la retención que aplica la Agencia
Tributaria, y los trabajadores tienen la duda de cuánto tendrán que pagar
de impuestos.
Cuánto se
paga de IRPF si se cobra el SMI
El Registro de Economistas Asesores Fiscales, citado
por The Huffington Post, calculó que para las personas que sean solteras, menores de 65 años, sin hijos y que cobren el Salario Mínimo
Interprofesional de 1.080 euros mensuales (o sea 15.120 euros
anuales) la retención del IRPF será de 2,80 euros por mes (lo
que implica un pago anual de 39,31 euros al año). Pero si se tienen hijos a
cargo, la retención para el IRPF será del 0%.
En realidad, esa retención se debe al pequeño salto que se da
con los 120 euros del Salario Mínimo Interprofesional: si
se gana 15.000 euros o menos al año, no se tiene retención del IRPF,
pero al cruzar ese límite con los 15.120 euros anuales, corresponde abonar los
citados 39,31 euros al año.
Variaciones
entre las comunidades autónomas
Sin embargo, cabe recordar que las retenciones al IRPF varían
según las comunidades autónomas y de los tramos de IRPF que
apliquen.
Por ejemplo, en Madrid, La Rioja y Canarias es del 9%, mientras que en Cataluña y el País Vasco llega al 12%.
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