Novedades para autónomos en la declaración de la renta

Publicado el 20/04/2016

En primer lugar hay que detenerse en la reducción del IRPF que sufrieron en julio del año pasado, en donde se pasó del 19 al 15%. Por lo tanto, las facturas con fecha anterior al 12 de julio se emitirán con un IRPF del 19% y a partir de esa fecha al 15%.

En lo que se refiere a los gastos fiscalmente deducibles, se conservan los parámetros esenciales del año anterior, ya que la reforma fiscal entró en funcionamiento en 2016, como recoge Sage. Para desgravar los gastos es preciso que estos estén relacionados con la actividad económica que se lleve a cabo.

Una novedad importante afectará a los trabajadores por cuenta propia que desempeñen su labor desde casa. Una sentencia del Tribunal Económico-Administrativo Central rechazó los criterios de la Agencia Tributaria y permitirá que los autónomos puedan deducir en el IRPF los suministros, como el agua, gas, electricidad, etc., según aseguran desde el documento elaborado por Sage. Para ello se plantea un criterio mixto entre los metros cuadrados que se destinan a la actividad, los días laborales de trabajo y el número de horas en que se desarrollen.

También se producen cambios destacados en cuanto a las deducciones para las familias numerosas o aquellos que cuenten con ascendientes o descendientes con algún tipo de discapacidad. Se establecen las nuevas deducciones en 3.000 euros para los casos de discapacidad igual o menor al 33%, mientras que ascenderá a 6.000 euros cuando se precisa de la ayuda de una tercera persona y de 12.000 euros cuando esté por encima del 65%.

Hay otros productos que también se pueden deducir y que por lo general pasan desapercibidos para la mayoría de los autónomos a la hora de realizar la declaración de la renta. Entre otras cosas están los seguros de salud o de vida, tanto del propio profesional como de su cónyuge e hijos. También se deben revisar a fondo las deducciones autonómicas, la inclusión de los gastos corrientes, gastos financieros procedentes de la financiación ajena o pérdidas por deterioro de elementos patrimoniales, impuestos como el IAE o el IBI, además del coste que supone contratar los servicios de profesionales como notarios o abogados.


FUENTE: CINCO DIAS

Más información...

 

Galería de Imágenes...

 

 

Compartelo en las redes sociales

 

 

Volver a noticias

 

 

 

 

Buscar...

 

Social

 

Facebook ADADE Twitter ADADE Youtube ADADE Issuu ADADE LinkedIn ADADE

 

Publicaciones recientes

 

Archivo de noticias

 

Newsletter

Para recibir más información y suscribirse gratuitamente al boletín de noticias de ADADE/E-CONSULTING indique su email aquí.

Nombre:


Email:




Finalidades: Envío de nuestro boletín comercial así como remitirle información comercial de nuestros productos y servicios, comunicaciones informativas y publicitarias sobre nuestros productos o servicio que sean de su interés y promociones comerciales, incluso por correo electrónico. Legitimación: El consentimiento del usuario. Destinatarios: Podrán ser dirigidos o cedidos a las empresas del grupo o que colaboran habitualmente con AGRUPACION DE ASESORIAS -ADADE- y E-CONSULTING ASESORES Y CONSULTORES GLOBAL GROUP S.Apara fines promocionales o para enviarle comunicaciones relativas a los servicios prestados por las entidades dentro de las empresas del grupo, que se consideren que puedan ser de su interés. Derechos: Puede retirar su consentimiento en cualquier momento, así como acceder, rectificar, suprimir sus datos y demás derechos en [email protected]. Información adicional: Puede ampliar la información en el enlace de Política de Privacidad.