NOVEDADES LEGISLATIVAS. DEPÓSITO DE CUENTAS. Designación voluntaria de auditor

Publicado el 11/04/2016

Resolución de 15 de marzo de 2016. Se discute si pueden depositarse las cuentas anuales de una sociedad anónima, no obligada a verificación contable, que designó voluntariamente auditor para tres ejercicios constando dicha designación inscrita en el Registro Mercantil, cuando las cuentas no vienen acompañadas del informe del auditor designado.

La DGRN señala la reciente Resolución de 18 de noviembre de 2015 y afirma que se ha construido una completa doctrina en el ámbito de los recursos contra las resoluciones de los Registradores Mercantiles sobre nombramiento de auditores a instancia de la minoría (artículo 265.2 de la LSC), sobre los efectos de la inscripción en el Registro Mercantil por parte de la sociedad no obligada a verificación contable de un nombramiento de auditor realizado con carácter voluntario. Del contenido de dicha doctrina (Resoluciones en materia de expertos y auditores de 3 de enero, 6 de junio y 22 de agosto de 2011, 17 de enero, 27 de marzo y 30 de agosto de 2012, 4 y 25 de julio y 29 de octubre de 2013, 13 de mayo y 17 de junio de 2014 y 14 de mayo y 27 de julio de 2015, entre otras muchas), resulta que inscrito el nombramiento de auditor voluntario el depósito de las cuentas sólo puede llevarse a cabo si vienen acompañadas del oportuno informe de verificación.

En consecuencia, la DGRN ha acordado desestimar el recurso y confirmar la nota de calificación de la Registradora.

Haz clic aquí para ver la resolución


FUENTE: BOE

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