Las claves del Plan de Control Tributario del año 2021

Publicado el 19/02/2021
En el BOE del pasado 1 de febrero era publicada la Resolución de 19 de enero de 2021, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021.

Entrando en vigor el mismo día de su publicación, esto es, el día 1 de febrero, era publicado en el BOE el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021.

Además de establecer en los puntos II a V lo relativo a la prevención del fraude y la colaboración entre la Agencia Tributaria y las administraciones tributarias de las CCAA, nos centramos en desgranar el punto I relativo a la Información y asistencia, en concreto los puntos relativos al "nuevo modelo de asistencia al contribuyente".

¿Cuáles son los puntos clave para el contribuyente?

1º Uno de sus pilares básicos será la aprobación del proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal publicado en el Boletín de las Cortes Generales el 23 de octubre de 2020 y su aplicación efectiva a partir de su entrada en vigor.

2º En el ámbito de control constituye una prioridad la adaptación de los procedimientos aduaneros al «Brexit», la explotación sistemática de la información obtenida mediante los instrumentos internacionales de cooperación administrativa, la investigación y la colaboración con los órganos jurisdiccionales y las mejoras en la selección para detectar actividades, ventas o ingresos no declarados con el objetivo de reducir la economía sumergida y la brecha fiscal dentro de una estrategia país que implica no solo la disuasión, detección y regularización de los incumplimientos tributarios sino también los que se producen en el ámbito laboral y de la Seguridad Social, para lo cual se debe lograr la máxima coordinación y cooperación entre los órganos con competencias en cada materia.

3º La Agencia Tributaria pretende continuar e intensificar un nuevo modelo de asistencia al contribuyente, que se materializará en las siguientes actuaciones:

a) Consolidación de las denominadas «Administraciones de asistencia Digital Integral» (ADIs), como plataformas dirigidas a prestar servicios de información y asistencia por medios electrónicos, mediante la utilización de distintos canales de comunicación virtuales (Asistente Virtual en IVA-AVIVA, Asistente Censal, chat, videollamada, correo electrónico, llamada saliente especializada…) que permitirán adecuar estas tareas al perfil y necesidades de los contribuyentes. Se ha efectuado una prueba piloto en el cuarto trimestre de 2020, para asegurar que comience su funcionamiento efectivo en 2021.

b) Tras la implantación y consolidación del Asistente Virtual del sistema de Suministro Inmediato de Información durante el año 2018, es preciso continuar con el desarrollo de nuevas herramientas y asegurar su correcto funcionamiento mediante la actualización de sus contenidos en el 2021. Por lo que se refiere a la nueva asistencia online en IVA, esta se presta a través del Asistente Virtual y de las siguientes herramientas complementarias:

– El localizador de entregas de bienes y de prestaciones de servicios que se encuentra ya en funcionamiento y, se continuará su actualización para adecuarse a los cambios de la normativa comunitaria que entrarán en vigor en 2021.

– El calificador inmobiliario. Este servicio ya se encuentra en funcionamiento y se continuará promoviendo la mejora en la información facilitada.

– La ayuda a la confección de los modelos 303 para arrendadores y 303 básico para autónomos. Estos servicios se encuentran en funcionamiento en 2020 y se avanzará en su mejora mediante el lanzamiento de nuevas versiones.

– La calculadora de plazos de modificación de bases imponibles y otras rectificaciones. Este servicio se encuentra ya en funcionamiento y en 2021 se continuarán desarrollando tareas de consolidación de esta herramienta.

– La calculadora de prorratas, que permite calcular la prorrata general y especial, la regularización anual del porcentaje definitivo, así como la regularización anual y resultante de la transmisión de bienes de inversión. Esta herramienta se ha incorporado en 2020 y se consolidará en 2021.

– La calculadora de plazos del SII. El servicio ya está en funcionamiento y se continuará impulsando su mejora en 2021.

– Asistentes virtuales del SII. En 2021 se desarrollarán tareas de actualización.

– AVIVA. En el último trimestre de 2020 se ha finalizado el desarrollo de esta herramienta. Durante 2021 se efectuarán tareas de mejora dirigidas a la desaparición de bloques y la integración en el AVIVA de todas las herramientas de asistencia digital, así como la realización de controles de calidad y actualización de acuerdo con las modificaciones normativas que se produzcan.

c) La implantación y puesta en producción del denominado «Asistente censal», como herramienta de ayuda para la formalización y presentación de la declaración censal, con incorporación de información necesaria para el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias que, en su caso se podrían derivar, con un primer bloque dirigido a personas físicas, se ha efectuado en el último trimestre de 2020. Se trata de una herramienta que, partiendo de la información que consta en la base de datos de la Agencia Tributaria y de la facilitada por el contribuyente, a través de un sistema de navegación intuitivo, consigue realizar todos los trámites solicitados para la presentación de los diferentes modelos censales.

Para 2021 se efectuará el desarrollo y puesta en producción del resto de los bloques de los modelos censales, dirigido a las personas jurídicas, ofreciendo información adicional sobre la situación tributaria y obligaciones que conlleva el ejercicio de las actividades económicas a realizar.

Esta herramienta se complementa con el Informador censal, herramienta de información que permite resolver las dudas del contribuyente en materia censal. La información se ofrece estructurada en bloques de temas que el contribuyente va desplegando hasta obtener la respuesta final, que va estar plenamente operativa a principios de 2021.

d) Desarrollo de una nueva herramienta de asistencia censal, denominada «Buscador de actividades», que, introduciendo la denominación de la actividad ejercida o por ejercer, le ofrecerá al contribuyente toda la información tributaria inherente a la misma: epígrafe de IAE, obligaciones tributarias, modelos y plazos de presentación etc.

e) Consolidación de la aplicación móvil «Agencia Tributaria» que ofrece servicios personalizados a los contribuyentes, como canal de relación con los mismos para el conocimiento y cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

f) Asistencia en la campaña de Renta. En la campaña del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2020, se continuará avanzando en el servicio de Renta WEB con la mejora de la versión del programa de cartera de valores utilizando el incremento de datos facilitados por la modificación de los modelos 189 y 198. Se continúa con la mejora de las modificaciones introducidas en el apartado correspondiente a rendimientos de capital inmobiliario, con desglose de la partida de gastos y con incorporación procedente de la declaración del ejercicio anterior de cada uno de los datos necesarios para el cálculo de las amortizaciones, con la finalidad de facilitar el cumplimiento voluntario e intensificar las actuaciones de asistencia. Asimismo, y como consecuencia de la Orden HAC/773/2019 de 28 de julio, que permite que los libros registro del IRPF puedan ser compatibles con los requeridos en el IVA, a través de un formato informático único plenamente consistente con la normativa y con el modelo de declaración de IRPF, reduciendo las obligaciones formales a casi un millón y medio de contribuyentes que podrán llevar unos únicos libros registro válidos tanto en el ámbito del IRPF como en el de IVA, podrá efectuar el traslado automático del contenido de los libros de IRPF a las casillas correspondientes del modelo de renta del ejercicio 2020.

g) Se potenciarán los avisos en el documento de datos fiscales del IRPF de todas aquellas fuentes de renta tanto internas como internacionales de las que se tenga conocimiento con el fin de impulsar el cumplimiento voluntario.

h) Igualmente se pretende consolidar las herramientas de análisis y control de las solicitudes de rectificación de autoliquidaciones para facilitar una tramitación y resolución más ágil.

i) Implantación de análisis de «BigData» en el ámbito del IRPF, para la puesta en marcha de un proyecto que trata de reducir, utilizando la experiencia obtenida, los errores del contribuyente al presentar su declaración, en línea con las estrategias internacionales y técnicas «nudge» (dirigidas a alentar y fomentar un comportamiento fiscal correcto) basadas en el enfoque «behavioural insights» (enfoque hacia una mejor comprensión del comportamiento del contribuyente). Mediante técnicas de análisis «BigData», se obtienen las características descriptivas que definen al contribuyente tipo que, en ejercicios anteriores, al presentar su declaración de IRPF no utilizó los datos fiscales que le fueron suministrados y se equivocó al hacerlo, definiéndose un perfil tipo. Se centra en casillas del rendimiento del trabajo y se pretende implantar sistemas de asistencia para alertar a los contribuyentes afectados de manera que se reduzcan los posibles errores en la presentación.

j) La Agencia Tributaria ha avanzado en la puesta a disposición de los datos fiscales al contribuyente, introduciéndolos como novedad en el Impuesto sobre Sociedades, a través de Sociedades WEB, y el PRE-303 en el caso de IVA. En concreto:

1. Se pone a disposición de los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades datos fiscales para facilitar el cumplimiento voluntario. Esta información no incluye únicamente datos que forman parte de la mecánica de autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades, como los pagos fraccionados realizados, las retenciones soportadas o los importes pendientes de aplicar procedentes de ejercicios anteriores de los diversos conceptos previstos en la normativa del Impuesto, sino que también incluirá información con posible trascendencia a efectos del cálculo del resultado contable, como los importes imputados correspondientes a las retenciones soportadas o las sanciones y recargos generados por la Agencia Tributaria y notificados al contribuyente en el ejercicio 2020, y los importes declarados en ejercicios precedentes y pendientes de aplicar relativos a Bases Imponibles Negativas y deducciones fiscales.

Junto a ello se mostrarán otras informaciones que puedan resultar relevantes para la correcta cumplimentación del modelo 200.

2. El PRE-303 que constituye una nueva forma de presentar el Impuesto sobre el Valor Añadido y simplifica la cumplimentación del modelo al contribuyente. El PRE-303 es un servicio de ayuda para la cumplimentación del modelo 303. En esencia, el citado servicio consiste en lo siguiente:

a) Mejoras censales. Todos los contribuyentes podrán acceder a la Ventana Censal IVA, en la que se les mostrarán sus principales datos censales IVA en el periodo a presentar. Adicionalmente, en el propio modelo 303, se le ofrecerá auto-cumplimentada la sección primera del mismo, «Datos Identificativos». Igualmente, si el contribuyente observa alguna circunstancia incorrecta/incompleta o que quiera modificar, podrá acceder a Mis Datos Censales de IVA, desde donde podrá realizar la gestión sin necesidad de presentar un modelo 036 a través de la Sede electrónica.

b) Otros campos auto cumplimentados. Asimismo, se mostrará auto-cumplimentada la siguiente información:

– Cuenta corriente para la devolución o ingreso.

– Cuotas a compensar de periodos previos, a través del servicio Cartera de Cuotas a Compensar, que permitirá saber de qué periodo exactamente proceden las cuotas a compensar.

– En caso de declaración complementaria, el número de justificante e importe de la autoliquidación a complementar.

c) Segmentación de la visualización por tipos de contribuyentes. La visualización y acceso a los datos será diferente y adaptada a sus necesidades, de acuerdo con la tipología de contribuyentes:

– Exclusivamente arrendadores.
– Exclusivamente en régimen simplificado.
– Exclusivamente foral con IVA diferido a la importación.
– Contribuyentes en SII con Libros Agregados.

d) Aumento del colectivo con puesta a disposición de Libros Agregados. Para el año 2021 se incrementará el colectivo de contribuyentes a los que se ofrecerán los Libros Agregados al incluir a los voluntarios SII y a Grandes Empresas.

k) Se habilita la presentación electrónica del modelo 05, modelo de solicitud de no sujeción, exención y reducción del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

l) En relación a las compras a distancia realizadas por consumidores finales, en terceros países, la Agencia Tributaria ha desarrollado un nuevo modelo de declaración para 2021 que cumple con los cambios normativos que se han producido en este ámbito en relación con el IVA y la normativa aduanera y garantiza la agilidad en la tramitación de estos envíos.

m) Crecimiento y consolidación de un sistema informático y de asistencia en el pago al contribuyente a través de:

– Canales telefónicos (con atención especializada y personalizada, así como con plataformas facilitadoras para el pago disponibles los 365 días del año).

– Canales electrónicos (a través de herramientas de alta usabilidad como es una aplicación móvil-app, o la oferta de asistentes virtuales temáticos para la obtención de información individualizada relacionada con las obligaciones tributarias en materia de recaudación).

Enfocado siempre a un mejor servicio de información, la facilitación del pago y la decidida apertura a otros trámites, debe destacarse:

1. Consolidación de un servicio nacional dirigido y coordinado desde el Departamento de Recaudación, denominado REC@T, a través de un único teléfono para todos los territorios y ciudadanos, más ágil y directo.

2. Potenciación del sistema de Cl@vePIN en las llamadas recibidas, que permita a los ciudadanos a través de esta forma segura de identificación la obtención de información individualizada y la posibilidad de realizar una diversidad de trámites a través de este canal de comunicación.

3. Establecimiento de una sola estructura en cuanto a unificación de actuaciones en materia de asistencia e información en todo el ámbito nacional, organizada a través de un fluido engranaje de todos los territorios y coadyuvado por las nuevas herramientas informáticas.

Este sistema de información y asistencia no solo pretende incrementar la calidad de dicho servicio, mejorarlo y homogeneizarlo, sino que gravita en torno a la disminución de los costes indirectos que supone el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el ámbito de la recaudación, y por lo tanto supondrá minorar el número de desplazamientos, así como disminuir los tiempos de espera y los plazos de respuesta administrativa.

n) Para mejorar, simplificar y modernizar la información y comunicación con los contribuyentes se está trabajando en la modificación en la estructura de la página web de la Agencia Tributaria. Con un enfoque dirigido al usuario, en 2021 se integrará en una sola web la información del portal de internet y la tramitación de la sede electrónica.

FUENTE: IBERLEY

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