Las consecuencias del BREXIT en el IVA, IRPF e Impuesto sobre Sociedades a partir del 1-1-2021

Publicado el 13/11/2020

Tras la salida efectiva de Reino Unido de la Unión Europea el pasado 31 de enero de 2020, el Acuerdo de Retirada contempla un período transitorio hasta el 31 de diciembre de 2020. Al no haberse solicitado prórroga el mismo finalizará en dicha fecha. Por tanto, sin perjuicio de las negociaciones que se están llevando a cabo en relación con un posible acuerdo para la relación futura y por muy ambicioso que sea el acuerdo al que, en su caso, se llegara, a partir del 1 de enero de 2021 todos los movimientos de mercancías desde o hacia Reino Unido estarán sujetos a formalidades y controles aduaneros.

La AEAT ha publicado en su web cuales son las consecuencias del BREXIT en los distintos trámites e impuestos que se ve afectados:

Enlace al AEAT:

         Consecuencias del Brexit en Aduanas y en los Impuestos Especiales a partir del 1 de enero de 2021

 

         Consecuencias del Brexit en el IVA a partir del 1 de enero de 2021

 

         Consecuencias del Brexit en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes a partir del 1 de enero de 2021

 

         Consecuencias del Brexit en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a partir del 1 de enero de 2021

 

         Consecuencias del Brexit en el Impuesto sobre Sociedades a partir del 1 de enero de 2021

 

      •     Campaña de la Comisión Europea para el final del período de transición del Brexit


FUENTE: ADADE CENTRAL

 

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