El Banco de España retrasa el rating de pymes hasta verano

Publicado el 09/03/2016

Aunque el borrador de la circular que desarrolla la medida fue difundido por el Banco de España entre las entidades el pasado diciembre, las presiones del sector ante la carga de trabajo que se les viene encima prometen retrasar la entrada en vigor de la norma al menos hasta verano.

Así lo avanzan diversas fuentes consultadas de entre las principales entidades financieras del país, que a través de las patronales del ramo han dirigido sus dudas y peticiones al Banco de España (ver despiece adjunto) para tratar de lograr acotar el alcance de la norma y flexibilizar los tiempos y plazos que contiene.

De esta forma, aunque en principio se barajaba que la circular definitiva fuera publicada a comienzos de este año, el sector asume ahora que habrá que esperar aún varias semanas para verla en el Boletín Oficial del Estado (BOE), probablemente hasta mediados de abril.

Después de todo, el supervisor debe aún dar respuesta a las peticiones patronales, cerrar la redacción definitiva de la circular y lograr la aprobación del Consejo de Estado. Solo entonces, una vez aprobada comenzará contar el contador de tres meses previsto para su entrada en vigor definitiva.

Será por lo tanto para este verano cuando la banca española pase a tener la obligación de elaborar informes crediticios de todos autónomos a los que financia y de las empresas con un volumen de negocio inferior a 50 millones –o 43 millones de balance– y un máximo de 250 empleados. La información quedará consignada en un documento denominado “información financiera-pyme”, que incluirá la situación crediticia de cada cliente, su historial de pagos y un rating o clasificación de su riesgo.

Las entidades tendrán la obligación de entregar estos informes en 15 días hábiles a las pymes o autónomos que lo soliciten, por un módico importe que establecerá el Banco de España, o de forma gratuita en el caso de los clientes a los que recorten la financiación.

En concreto, deberán facilitar su ficha a aquellas firmas a las que reduzcan en más de un 35% el flujo de financiación en un plazo de 10 días hábiles, según el borrador de la circular. La idea es que con esta documentación una pyme pueda acudir a otras firmas en busca de financiación aportando un completo historial de pagos y un informe sobre sus riesgos.
El retraso en la aplicación de la norma ha sido acogido con alivio en la banca dada la carga de trabajo asociada a su puesta en marcha. Para afrontar la medida, cada entidad ha creado equipos especializados que agrupan a miembros de distintas áreas, como riesgos o asesoría jurídica, para articular sistemas que permitan emitir estos informes perfectamente actualizados siempre que sea necesario.

La patronal insta a abaratar la iniciativa
En relación a la inminente obligación del sector financiero de comenzar a elaborar calificaciones crediticias para las pymes que financian, la Asociación Española de Banca (AEB), la patronal de los bancos españoles, remitió al Banco de España un documento en el que repasa punto por punto el borrador de circular y sugiere ciertas modificaciones. El documento, al que ha tenido acceso este diario, reclama por ejemplo que la obligación de facilitar la ficha de rating a las pymes que lo soliciten expire a los seis meses desde que estas dejen de ser clientes de una entidad. También insta al supervisor a “detallar con mayor precisión el concepto de flujo de financiación”, pues las entidades interpretan de la redacción de la norma que solo deberán entregar a las pymes su rating si les rebajan un 35% la financiación recurrente, lo que dejaría fuera del cálculo otros préstamos, pero podría interpretarse que el legislador se refiere al conjunto de crédito que se ofrece a cada cliente. Sobre la obligación de que la banca recopile el historial de pagos de cada empresa durante los últimos cinco años, la AEB expone que ese grado de retroactividad conlleva “considerables dificultades y resulta extremadamente costoso” por lo que para abaratar y facilitar el proceso propone abrir “un periodo transitorio” en el que partir de un plazo menor e ir complementando los datos. La AEB también insta a evitar la entrega de los extractos de movimientos a no ser que el cliente los reclame específicamente o a permitir que cada banco plasme sus tablas financieras internas en lugar de estandarizar los cuadros.


FUENTE: CINCO DIAS

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