¿Qué es el pago directo en autónomos? ¿Cómo se solicita?

Publicado el 06/09/2020

La mutua puede pagar de manera directa al autónomo que esté de baja.

El pago directo es la prestación referente a la baja médica que paga de manera directa la mutua al trabajador. Se deriva de la prestación por incapacidad temporal y la puede solicitar cualquier trabajador que esté de baja, aunque en casos muy concretos. También los propios trabajadores autónomos.

Uno de los supuestos en los que se puede solicitar el pago directo, aseguran desde Asepeyo es cuando finaliza el contrato mientras dura el periodo de incapacidad temporal, más allá del tiempo que haya transcurrido desde la baja médica.

En el caso de que sea baja por contingencia común, el trabajador percibirá una prestación equivalente al subsidio por desempleo. La cantidad se calculará en función de las cantidades cotizadas en los últimos 180 días anteriores a la baja de la empresa. Así, se le pagará un 70% de la cantidad cotizada durante los primeros 180 días y el 50% restantes hasta el alta médica o hasta que se extinga la prestación.

En el caso de que la baja sea por contingencias profesionales, se percibirá un 75% de la base reguladora diaria del mes anterior a la baja sin consumirse el desempleo.

 

Trasladar la obligación a la mutua

Si la empresa ha incumplido el pago al trabajador, también tendrá derecho a la prestación. Aquí, al tratarse de baja por contingencia común se percibiría el 60% de la base reguladora entre los días 4 y 20 de la baja, y del 75% a partir del día 21.

Además, las empresas que tengan menos de 10 trabajadores y que cuenten con un empleado en situación de incapacidad temporal, que esté de baja más de seis meses, podrán hacer que sea la mutua la que se encargue del pago al trabajador.

 

Documentación para el pago directo

En el caso de los autónomos, y tal y como confirman desde la mutua Fraternidad-Muprespa, será necesario presentar la siguiente documentación. En primer lugar, la declaración de situación de la actividad. También será necesario el modelo 145 de retenciones sobre rendimientos del trabajo. Y, por último, la solicitud de pago directo por incapacidad temporal.

Además habría que aportar el documento identificativo del trabajador, así como los partes de baja correspondientes.



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