El cobro indebido del ERTE puede conllevar un recargo del 20%, si no se devuelve a tiempo

Publicado el 31/08/2020

Ha habido un número importante de trabajadores que han seguido cobrando la prestación cuando ya no estaban en ERTE, o que han recibido cantidades más altas de lo que les correspondía, por error del SEPE, todos estos casos serán notificados a los interesados y, a partir de entonces, tendrán 30 días hábiles para devolver el dinero “sin recargos ni intereses si se hace en el plazo correspondiente”.

El beneficiario tiene 10 día para reclamar tras recibir la carta del SEPE, para aquellos que hayan solicitado el pago fraccionado, el recargo será del 3,75%. El SEPE deberá contestar expresamente a la reclamación previa en el plazo de 45 días. \"En caso de no resolver la reclamación en el plazo indicado, esta se entenderá denegada por silencio administrativo, lo que le permitirá al trabajador la presentación de demanda ante la jurisdicción social\".

El SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), ha emitido una nota aclaratoria al respecto en su página web donde insta a los beneficiarios de esta percepción la necesidad de devolver los cobros indebidos si no se quieren exponer a una sanción que podría llevar aparejado el 20 por ciento de recargo.

“Aquellas personas que hayan recibido cobros de forma indebida recibirán una notificación para proceder a la devolución de estos cobros. Una vez que se haya notificado este requerimiento, la persona interesada dispone de 30 días hábiles para realizar este trámite, sin recargos ni intereses si se realiza en el plazo correspondiente.”

Es decir, que transcurridos los 30 días sin que haya devuelto el cobro indebido el trabajador, y no se haya podido compensar con el siguiente cobro o no se ha solicitado el fraccionamiento del pago \"se emitirá la correspondiente certificación de descubierto por la que se inicia la vía de apremio\", y el trabajador se enfrentará a un recargo del 20% sobre el importe original. En caso de solicitar un fraccionamiento o aplazamiento después del plazo voluntario de 30 días, a la cantidad adeudada también se le añadirán estos recargos. Lo mismo ocurrirá en caso de compensación por ser nuevamente beneficiario de prestaciones.

La página web del SEPE tiene un apartado llamado \"Cobros indebidos y reintegros\" donde se puede realizar la devolución del importe reclamado por la Administración.

Enlace a Nota aclaratoria del SEPE en su página web



FUENTE: ADADE CENTRAL

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