Las empresas rescatadas no podrán repartir dividendo y su consejo no podrá cobrar bonus

Publicado el 30/07/2020

Los instrumentos de apoyo podrán consistir en la concesión de préstamos participativos, en deuda convertible o en la suscripción de acciones o participaciones sociales.

El Gobierno ha avanzado este martes que cualquier empresa que solicite apoyo del fondo de rescate dotado con 10.000 millones tendrá que presentar desde un primer momento un plan con su previsión sobre cuándo devolverá la ayuda pública, ha explicado la ministra portavoz, María Jesús Montero.

Cualquier empresa considerada estratégica puede optar a las ayudas del fondo si su solvencia se ha visto deteriorada por la crisis del coronavirus pero tendrá que solicitarlo de manera formal por escrito y justificar que sin esta ayuda cesaría actividad o tendría serias dificultades para mantenerse a flote.

Las empresas consideradas estratégicas que acudan al fondo de ayudas públicas tendrán prohibido distribuir dividendos, su consejo de administración no podrá cobrar remuneración variable y no podrá realizar una expansión comercial “agresiva”. Montero desveló que las empresas acogidas a dichas ayudas públicas deberán tener su domicilio social y sus principales centros de trabajo en España, no deberán encontrarse en crisis a 31 de diciembre de 2019, no podrán haber sido condenadas por delitos de malversación o cohecho, deberán demostrar que sin esa ayuda cesarían su actividad o tendrían “graves dificultades” para continuar, y deberán presentar un plan de viabilidad en el medio y largo plazo con la previsión de devolver el dinero.

Además, las empresas que accedan tendrán una serie de “restricciones”. Montero citó la imposibilidad de repartir dividendos, de percibir remuneración variable por parte de los consejeros y no expandir el negocio de forma “agresiva” o asumiendo excesivo riesgo.

Los instrumentos de apoyo podrán consistir en la concesión de préstamos participativos, en deuda convertible o en la suscripción de acciones o participaciones sociales, según precisó Montero.

El importe mínimo de ayudas por empresa es de 25 millones de euros y el máximo será “el que se considere imprescindible para restaurar esta viabilidad de la empresa”, en palabras de la portavoz gubernamental, que añadió que “en ningún caso”, la ayuda pública podrá mejorar el patrimonio neto de la compañía a 31 de diciembre de 2019.

Este fondo se pondrá en marcha \"antes de 30 días\", según Montero. Fue aprobado en el Consejo de Ministros del 3 de julio y es un fondo adscrito al Ministerio de Hacienda y gestionado por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), ajustándose a la normativa de ayudas de Estado de la Comisión Europea.

 

Compra de acciones o deuda

El fondo permite que el Estado entre de forma transitoria en el capital de empresas viables con problemas de solvencia tras la pandemia, aunque no es estrictamente necesario y el apoyo llegará mediante la compra de acciones, deuda o cualquier otro instrumento convertible en capital, pero siempre que las propias empresas lo soliciten y como opción de último recurso.

El órgano que decidirá si la ayuda se aprueba es el Consejo Rector del propio fondo, que se pondrá en marcha en un plazo de menos de 30 días, ha dicho Montero, y cuya constitución, aunque no ha entrado a detallar, se ha aprobado ya desde este martes.





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