Renta 2019-20, los consejos de los técnicos de Hacienda para la declaración de este año

Publicado el 15/04/2020

Desde Gestha (Técnicos del Ministerio de Hacienda) avisan de que en muchos casos los contribuyentes confirman precipitadamente el borrador una vez descargarlo, por lo que muchas personas podrían beneficiarse más de las ventajas a las que pueden tener derecho. Recomiendan modificar los borradores para incluir los alquileres y todas las deducciones y reducciones fiscales.

Según el secretario general de Gestha, José María Mollinedo, \"al confirmarse el borrador de forma impulsiva se dejan en el tintero buena parte de las reducciones y deducciones fiscales que la AEAT no incluye porque desconoce algunos de los elementos esenciales de las mismas. Este año, que estaremos confinados en nuestros domicilios en principio hasta el 12 de abril, podremos dedicar un tiempo imprescindible para revisar concienzudamente la declaración\"

Aquí van esos 15 consejos de los técnicos del Ministerio de Hacienda:

Prestaciones exentas, las prestaciones de maternidad y paternidad percibidas del régimen público de la Seguridad Social están exentas, y no se incluyen en la declaración, ni influyen en los límites de la obligación de declarar. También están exentas las prestaciones reconocidas a los profesionales por las mutualidades de previsión social que actúen como alternativas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Loterías y apuestas, los premios del 2019 de determinadas loterías y apuestas, de la ONCE o de Cruz Roja están exentos hasta 20.000 euros. La cantidad que supere este límite exento tributará al 20%, pero como el pagador del premio realizó la retención por ese mismo importe en el momento del cobro, estos premios no tienen ningún impacto en el IRPF, excepto los posibles rendimientos que el premio les haya generado, como los intereses bancarios. Sí habrá que reflejarlo si procede en el Impuesto sobre Patrimonio.

Cuotas sindicales y de colegios profesionales obligatorias, debe modificarse el borrador para incluir las cuotas sindicales y de colegios profesionales, siempre que la colegiación sea obligatoria para trabajar y con los diferentes límite, dependiendo de los casos.

Exenciones de algunas rentas en especie, sujetas a unos requisitos, como los seguros de enfermedad del trabajador, el gasto de educación preescolar, infantil, primaria, secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional en centros educativos autorizados, el gasto de transporte colectivo de los empleados entre su vivienda y el trabajo, etc.. Desde el 1 de enero de 2018, la cuantía diaria exenta de los vales comida o documentos similares,  es de 11 euros diarios. Además, los trabajadores con discapacidad que se encuentren en activo, en función del grado de discapacidad, pueden desgravarse entre 3.500 y 7.750 euros.

Las viviendas y locales vacíos generan una \"imputación de rentas inmobiliarias\", un ingreso que se estima en un porcentaje del valor catastral del inmueble. En este aspecto hay que revisar que estas imputaciones sean correctas, tampoco deben olvidar incluir como rendimiento de capital inmobiliario los alquileres turísticos, estos alquileres turísticos no pueden aplicarse la reducción del 60%.

Ganancias patrimoniales, los incentivos del Plan PIVE, Plan MOVALT o Plan VEA a la compra de un vehículo o las ayudas para la compra o reforma de una vivienda son ganancias patrimoniales que suelen venir incorporadas en el borrador de declaración que la Agencia Tributaria confecciona, si bien es conveniente revisarlo a efectos de asegurarse y evitar una liquidación, lo que conlleva su correspondiente sanción.

Rendimientos negativos del ahorro, los rendimientos negativos del ahorro pueden compensarse con el saldo positivo de las ganancias y pérdidas patrimoniales obtenidas en el mismo periodo impositivo, con un límite que desde 2018 aumentó al 25% de dicho saldo positivo, y viceversa, las pérdidas con los rendimientos positivos. Además, la misma compensación y con el mismo límite se efectuará con los saldos negativos de los rendimientos de capital mobiliario y de las ganancias y pérdidas patrimoniales de la base imponible del ahorro de 2015, 2016 y 2017 pendientes de compensar a 1 de enero de 2018.

Cambios en la situación familiar, El borrador debe incluir los efectos económicos de los cambios del estado civil, defunciones y en especial de nacimientos que afectan en bastantes casos no sólo al mínimo familiar, sino también la posibilidad de deducciones familiares. Asimismo, se deben tener en cuenta las situaciones de discapacidad, tanto personales como familiares.

Hasta 225 deducciones autonómicas en 2019, es particularmente importante dedicar un tiempo a leer las deducciones de la Comunidad Autónoma donde resida, porque pueden suponer importantes beneficios fiscales, tanto para fines propios como deducciones compatibles con las estatales, tales como gastos por estudios de los hijos, por adopción o nacimiento, rehabilitación financiación o alquiler de vivienda, donaciones, compra de acciones, etc.

Alquileres y compra de vivienda habitual, aunque la deducción estatal por alquiler de vivienda habitual ya desapareció, se mantiene vigente para los contratos firmados antes del 1 de enero de 2015. Así, los inquilinos con contratos anteriores a esa fecha pueden seguir deduciéndose el 10,05% de las cuotas en el periodo impositivo por el alquiler de su vivienda habitual, siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales.

Aportaciones a partidos políticos y donativos, las aportaciones a los partidos políticos dan derecho a una deducción del 20% de las cuotas de afiliación. La base máxima de esta deducción será de 600 euros anuales y estará constituida por las cuotas de afiliación y aportaciones previstas en la Ley sobre financiación de los partidos políticos. Asimismo, la última reforma fiscal introdujo mejoras para algunas deducciones por donativos.

Planes de pensiones, a pesar de que el borrador tiene incluidas las aportaciones a planes de pensiones de acuerdo a los datos suministrados por la gestora, conviene verificarlos antes de validarlo. Y es que estas aportaciones permiten rebajar la base imponible. En este sentido, la última reforma fiscal,  redujo la cantidad límite que se puede aportar, desde los 10.000 hasta los 8.000 euros, siempre que no supere el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas, independientemente de la edad.

Autónomos. Gastos por trabajar dentro o fuera de casa, los autónomos que trabajan en su propia vivienda pueden deducirse determinados gastos, como las facturas más comunes de agua, gas, luz, teléfono o Internet. En concreto, en la campaña de este año podrán deducirse el porcentaje resultante de aplicar el 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que pueda probarse otro porcentaje superior o inferior.

No olvidar las novedades de este año,  los técnicos sostienen que entre las escasas novedades de este año destaca el hecho de que, salvo que se obtengan otras rentas, el límite de los rendimientos del trabajo para no estar obligado a declarar se eleva a 14.000 euros cuando procedan de más de un pagador, aunque se mantiene en 22.000 euros anuales si se reciben de uno solo o procediendo de varios si el segundo y ulteriores no superen 1.500 euros.

En esta campaña también se ha aumentado el importe de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo hasta 5.565 euros anuales y los umbrales de los rendimientos netos de trabajo que permiten aplicar esta reducción hasta 16.825 euros. Gestha recuerda que desde el 1 de enero de 2019 se exige a todos los contribuyentes que realicen actividades económicas, incluidos los acogidos al régimen de módulos, a llevar los libros registros del IRPF (que también pueden ser utilizados como libros registro del IVA, añadiendo otros conceptos), aun cuando lleven la contabilidad ajustada al Código de Comercio, excepto para las actividades empresariales en la modalidad normal del método de estimación directa.

Donaciones por la pandemia de COVID-19, Gestha recuerda a los ciudadanos y empresas que estén realizando donaciones con motivo de la pandemia del Covid-19 que para la Campaña del año que viene, correspondiente al ejercicio actual (2020), podrán aplicarse deducciones.



Enlace a publicación de GESTHA


Enlacea la Guía de las deducciones autonómicas del IRPF en el ejercicio 2019


 

FUENTE: ADADE CENTRAL

 

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