Bruselas ve desproporcionada las sanciones y reprueba la norma que obliga a declarar los bienes en el extranjero

Publicado el 08/01/2020
El modelo 720 es un formulario que se puso en marcha en 2013, y que obliga a los contribuyentes a declarar los activos por valor superior a los 50.000 euros que tengan en el exterior, desde su entrada en vigor se convirtió en una importante herramienta del fisco contra los españoles y extranjeros residentes que ocultaban sus bienes en el extranjero. La norma, a pesar de la polémica generada por lo abultado de sus sanciones, ha servido para aflorar cerca de 160.000 millones de euros en bienes y derechos.

La Comisión Europea, tras la pasividad de España ante el procedimiento de inspección que activó en 2015 contra esta norma, y la posterior petición formal a España, en 2017, para que la modificara, el pasado verano anunció su decisión de presentar ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) una demanda, que quedó registrada recientemente en el Diario Oficial de la UE. En dicha demanda se señala que la Comisión, no solo critica esas sanciones por “desproporcionadas”, sino que carga contra la totalidad del modelo 720, alegando que supone vulnerar cuatro libertades comunitarias, tales como “la libre circulación” de personas y trabajadores, “la libertad de establecimiento, la libre presentación de servicios y la libre circulación de capitales”. 

En su escrito, la Comisión no cuestiona que el fin sea lícito, “aunque en principio estas medidas puedan ser adecuadas para alcanzar los objetivos perseguidos que son la prevención y la lucha contra la elusión y el fraude fiscal, resultan desproporcionadas”, lo que cuestiona son los mecanismos sancionadores, que fijan una multa del 150% de la base del IRPF, algo que para el colegio de comisarios es excesivo ya que está sujeta a sanciones superiores a las impuestas por infracciones similares en una situación nacional.

Además, añade en sus planteamientos que “las sanciones que consisten en la calificación de los activos como ganancias patrimoniales, la inaplicación de las reglas normales de prescripción y las multas pecuniarias fijas, constituyen una restricción a las libertades fundamentales del TFUE [Tratado de Funcionamiento de la UE] y del EEE [Espacio Económico Europeo]”.

La Agencia Tributaria ha sancionado a unos 5.000 contribuyentes desde la entrada en vigor del a norma, a la mayoría en 2015, por declarar fuera de plazo, causando una gran litigiosidad por lo desproporcionado de las multas.

El caso mas conocido es el de jubilado de Granada, Manuel Molina, que notificó a Hacienda que poseía unos 340.000 euros en Suiza. El resultado fue que la Agencia Tributaria le reclamó 442.000 euros, 100.000 más de lo declarado.

Para los detractores de esta norma, uno de los aspectos más graves del \'modelo 720\' es que elimina la prescripción de las faltas. Es decir, aún demostrando que el dinero lo tienes en el extranjero desde hace 20 años por una herencia (algo que estaría prescrito), por ejemplo,  la normativa permite que se te impute en el último año no prescrito, la cantidad que se carga directamente contra el IRPF y por el que se pagaría en función del tramo correspondiente.

En la actualidad los tribunales españoles vienen dejando en suspenso muchos de los expedientes de la aplicación del modelo 720 por defectos de forma. Sin embargo, el futuro del sistema de declaración de bienes en el extranjero queda en manos de los magistrados de la UE, que no se espera que se pronuncien antes de dos años.

FUENTE: ADADE CENTRAL

 

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