El TJUE equipara en casos de despido, una larga enfermedad con la discapacidad

Publicado el 29/09/2019
La resolución considera que despedir a la trabajadora, a la que se le reconoció el origen profesional de su lesión y fue clasificada como persona "especialmente sensible, puede ser considerada una práctica discriminatoria, la empresa alegaba como motivo de despido la menor productividad y polivalencia.

El TJUE Tribunal de Justicia de la Unión Europea) de Luxemburgo ha establecido que cuando la empresa no haya agotado las posibilidades de adaptar el puesto de trabajo del afectado, la situación de larga enfermedad de un trabajador puede equipararse a una discapacidad, en casos de despido. Esta ha sido la respuesta del TJUE a una cuestión prejudicial planteada por el juzgado de lo social número 3 de Barcelona, a raíz del caso de una trabajadora que fue despedida mientras se encontraba de baja médica.

Por lo que establece que el concepto de discapacidad debe entenderse, en un sentido amplio, como dificultad para el ejercicio de una actividad profesional si la dolencia es de larga duración o tiene una perspectiva incierta de recuperación.


FUENTE: ADADE CENTRAL


 

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