Entra en vigor el registro diario de los horarios de la jornada laboral

Publicado el 14/05/2019
El objetivo de la normativa es garantizar que se cumplan los límites legales en materia laboral. Su incumplimiento se considerará una infracción grave de la Ley del Estatuto de Trabajadores, con sanciones de 626 hasta 6.250 euros, incluso pudiendo llegar a los 187.515 euros en caso de impagos reiterados de horas extraordinarias o si de forma fraudulenta se presentan como otros conceptos.

La nueva norma obliga a llevar un registro que establezca la hora concreta de inicio y fin de jornada, dicha información deberá guardarse durante un plazo de cuatro años, al que tendrá acceso la Inspección de Trabajo, la representación sindical, y el propio empleado, únicamente en lo que se refiere a sus datos personales. 

Según datos de CC.OO. en España se realizan tres millones de horas a la semana que no se pagan ni con dinero ni con tiempo de descanso, lo que supone el 44% de todas las horas extra trabajadas. Por otro lado los últimos datos de EPA, referidos al primer trimestre del año, el 46% de los empleados hace horas extraordinarias por las que ni es remunerado ni cotiza. En números absolutos, son más de 2,6 millones de horas de trabajo no pagadas a la semana.

A pesar del esfuerzo que va a suponer a las empresas, hay voces que hablan de las ventajas interesantes por la vía del registro, la mejora de la productividad, la lucha contra el empleo precario o el avance hacia el derecho a la desconexión digital. Además de la relación directa con la mejora de la prevención de riesgos laborales y la salud en el trabajo que puede suponer.

La empresa que ya tenga en marcha un sistema de registro, puede ser un sistema tecnológico o tradicional, en principio podrá seguir usándolo, previa consulta necesaria a la representación legal de trabajadores para concretar los detalles y aclarar todos los puntos de su implementación, que será desarrollada en los convenios colectivos de cada empresa atendiendo a las particularidades de cada compañía.

Aunque no faltan voces, especialmente en determinados sectores que consideran que el decreto choca con la flexibilidad horaria y aseguran que la medida va en contra de las tendencias actuales que demandan una mayor libertad en la gestión de las jornadas.

El registro horario colisiona con la nueva economía, donde muchos empleados ya trabajan por objetivos, es decir, sin control de presencia ni de ausencia», asegura Francisco Aranda, vicepresidente de CEIM-CEOE.

Los datos obtenidos la encuesta global de IWG, con una muestra de más de 15.000 personas de 80 nacionalidades, arroja en su informe que la sociedad actual reclama: más flexibilidad, conciliación, no presencialismo y seguir la senda de las nuevas formas de trabajo, que acercan más a las personas la libertad de decidir dónde, cuándo y cómo trabajar. El trabajo flexible ha ayudado al 77% de las empresas a ser más productivas y exitosas. Por lo que el 62% de las compañías a nivel mundial ya tienen políticas de flexibilidad, es decir que cerca de la mitad de los empleados ya pasan 2,5 días a la semana de media fuera de sus oficinas centrales.

FUENTE: ADADE CENTRAL

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