Familias y empresarios podrán lograr el perdón a su deuda en sólo 3 meses

Publicado el 04/12/2018
Los jueces de Barcelona acortarán los plazos en los concursos de personas físicas. Familias y empresarios podrán lograr el perdón a su deuda en sólo 3 meses.

Lograr el perdón judicial a las deudas que no se pueden pagar será a partir de ahora mucho más fácil y rápido. Al menos, en Barcelona. El Tribunal Mercantil de Barcelona –que agrupa a los once juzgados mercantiles de la provincia– y el juzgado de primera instancia número 50 de la ciudad de Barcelona han aprobado un protocolo de actuación para acortar al máximo los plazos de tramitación de los denominados concursos de acreedores consecutivos, que afectan a empresarios y avalistas, por un lado, y a ciudadanos particulares, por el otro.

Estos concursos son los presentados al amparo de la ley de la Segunda Oportunidad que entró en vigor en el 2015 y que, cuatro años después, está lejos de despegar. La ley se ideó –como indica su nombre– para permitir empezar de nuevo a aquellas personas que viven sepultadas bajo el peso de sus deudas, siempre que hubieran llegado a esta situación de forma fortuita (sin culpa) y que hubieran liquidado todo su patrimonio. En estos casos, el juez puede conceder lo que se conoce como el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, es decir, el perdón judicial definitivo, inatacable y para siempre de las deudas pendientes.

Los concursos duran ahora hasta tres años, un tiempo muy largo para los afectados

Esa era la intención del legislador y también de los jueces que tienen que aplicar la norma. Pero, en la práctica, muchísimos menos de los potenciales beneficiarios de la ley han logrado su objetivo. La mayoría, ni lo han intentado por desconocimiento, falta de recursos económicos o respeto a los juzgados. Y otros, los pocos que sí se lanzan a declararse en concurso, ven como el proceso se eterniza en los juzgados y cuesta mucho llegar al final deseado.

“Es todo un despropósito: la tramitación de un concurso no debería durar más de un año y, en cambio, se demora mucho porque los deudores vienen sin procurador, rebotados de plataformas de Internet o con abogados que no conocen los procedimientos”, apunta Raúl García Orejudo, titular del juzgado mercantil 7 de Barcelona. Este juez, junto con sus compañeros que también tramitan concursos de empresarios y Juan Manuel Chamorro, titular del juzgado de primera instancia número 50 de Barcelona, se han conjurado a poner todo de su parte por agilizar los plazos.

Los concursos con mediador, deudores sin activos y que pidan el perdón a su deuda

En concreto, y en aquellos casos en los que la solicitud del concurso sea realizada por el mediador concursal –la ley prevé que, antes de ir al juzgado, el deudor intente llegar a un acuerdo con los acreedores para pagar– y no haya activos por repartir, el camino hacia el perdón de las deudas pendientes será de unos tres meses. “El avance puede ser importante porque nosotros damos prioridad a los concursos y aún así tardamos entre 12 y 15 meses desde la entrada en el juzgado hasta su conclusión”, dice Chamorro.

El protocolo elimina algunos trámites que, para los supuestos citados, no tienen sentido, como las denominadas secciones 2ª a 6ª de los concursos. Son las que se refieren a la gestión de los activos (no hay), el pasivo, el convenio y la liquidación o la pieza de responsabilidad. Con carácter general, y salvo impugnaciones, se obviaran en estos casos. Junto con lo anterior, los juzgados enviarán directamente al BOE el auto de declaración del concurso para su publicación inmediata, lo que también supondrá un ahorro de tiempo, y, si no hay impugnaciones, instarán a la administración concursal a que pida de parte de su cliente la exoneración de la deuda.

Con el objetivo de eliminar esperas absurdas o estériles, los jueces pedirán a la Generalitat que les permita comunicarse con la administración concursal a través de la aplicación Lexnet coordinada con Justicia.cat. Ya se verá si es posible. De momento, hasta que esto se materialice, el acuerdo de los jueces es poner como condición a los administradores concursales que faciliten un correo electrónico como medio de recibir las notificaciones del juzgado. “Si no hay incidentes judiciales, en dos o tres meses se puede finiquitar el concurso y eso es muy bueno para todos”, concluye García Orejudo.

FUENTE: LA VANGUARDIA
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