Nueva nota oficial con los requisitos a cumplir por autónomos en el sistema RED

Publicado el 03/08/2018
La Seguridad Social presenta un documento con todas las preguntas y respuestas comunes que puedan surgir al autónomo en esta nueva obligación.

Los trabajadores autónomos deberán gestionar por vía electrónica todos los trámites relacionados con la afiliación, la cotización y la recaudación de cuotas de la Seguridad Social. La obligatoriedad entra en vigor el 1 de octubre y la institución pública ha emitido una nueva nota oficial con todos los condicionantes y requisitos que deben cumplir los trabajadores por cuenta propia ante esta nueva obligación.

En dicho documento, se recuerda que la Orden Ministerial fija un período transitorio de adaptación de seis meses, que comenzaron a contar el pasado 1 de marzo. Por tanto, la obligación será efectiva a partir del día 1 de octubre de 2018 para todos los trabajadores autónomos que en esa fecha se encuentren en alta en los regímenes afectados. Si el trabajador o asesoría está esperando notificación por correo postal, desde el nuevo comunicado de la Seguridad Social recuerdan que no se efectuará dicha notificación, entrando igualmente en vigor la norma.

Desde el 1 de octubre los trámites con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) se realizarán a través de dos canales electrónicos. El primero de ellos es el Sistema RED (Remisión Electrónica de Datos). A través de este sistema, la persona autorizada actuará en representación del trabajador autónomo. En la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS) se encuentran ubicados los servicios que permiten la gestión de la asignación o desasignación del Número de Afiliación (NAF) del trabajador autónomo a un autorizado RED.

Sistemas para realizar los trámites

Por otro lado, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS), el trabajador autónomo puede realizar directamente sus trámites con la TGSS a través de diversos servicios electrónicos, algunos permiten también la presentación de solicitudes por Registro Electrónico (RE). Para acceder a los servicios de la SEDESS, el autónomo debe disponer de un sistema de autenticación que garantice su identidad.

Entre los sistemas de autenticación admitidos en la SEDESS destaca el certificado electrónico admitido por la Seguridad Social, el DNI electrónico, que permite la presentación de solicitudes a través del Registro Electrónico y el Sistema Cl@ve, que permite el acceso al servicio de consulta y firma de Notificaciones Telemáticas mediante Cl@ve Permanente (Usuario + Contraseña) reforzado con claves de un solo uso enviadas por SMS por la Seguridad Social al teléfono móvil del ciudadano.

La nueva notificación recuerda que está a disposición de este tipo de profesionales un teléfono de apoyo para la nueva adaptación. El 901 50 20 50.

FUENTE: CINCODÍAS
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