Casos en los que el IVA soportado sí se puede deducir

Publicado el 17/02/2018
Las facturas relacionadas con la actividad empresarial se pueden desgravar siempre que se presenten en tiempo y forma, además deben estar registradas en la contabilidad de la empresa.

Los autónomos y pymes tienen a lo largo del año una serie de gastos relacionados con el funcionamiento de la empresa. De ellos abonan un IVA, que en muchos casos se pueden deducir, a través de las declaraciones trimestrales ante la Agencia Tributaria. Se trata del IVA soportado y del que a continuación te damos más detalles para saber cuándo puedes desgravarlo y cómo hacerlo de manera correcta.

Para que éste sea objeto de desgravación se deben cumplir con varios requisitos. En primer lugar, deben ser gastos vinculados a la actividad económica de la empresa; es decir, que estén asociados a las labores que desarrollan. En la práctica, un restaurante puede deducirse los gastos por compra de alimentos y una asesoría no.

Además, deben estar justificados en tiempo y forma o lo que es lo mismo, que exista una factura con los datos fiscales del cliente que demuestren que ese gasto se ha hecho realmente. Por otra parte, deben estar registrados en la contabilidad diaria que tiene que tener obligatoriamente tanto una empresa como una persona jurídica.

En ocasiones la Agencia Tributaria puede rechazar parte de los gastos que haya realizado la empresa, aunque estén directamente relacionados con su actividad: ¿Cuándo se producen estos casos? Principalmente cuando los justificantes de lo que se ha abonado por un producto o servicio no está justificado acorde a lo que exige la Agencia Tributaria: porque la factura no cuenta con los datos fiscales de la empresa o porque se han entregado fuera de plazo. Otro motivo es no haber registrado en la contabilidad el pago por la adquisición del producto o servicio que se ha contratado.

Para evitar estos problemas, expertos asesores recomiendan aportar todos los datos fiscales a los proveedores y que estén debidamente actualizados.

FUENTE: CINCODÍAS
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