Siete errores evitables en el IRPF de los autónomos

Publicado el 12/01/2018
Si durante el tercer trimestre, hablábamos sobre los errores más frecuentes en el modelo 303 de IVA, pasado el cuarto y último trimestre del ejercicio 2017 abordamos los fallos más comunes en el modelo 130 del IRPF, ese mediante el cual el autónomo notifica a Hacienda el beneficio que se viene obteniendo a lo largo del año.

Detectar los errores cometidos es el primero de los pasos para corregirlos bien mediante declaración complementaria, en caso de que el resultado obtenido sea a devolver, declaración rectificativa si el resultado es a ingresar o declaración sustitutiva para reemplazar a una declaración anterior incorrecta. Aunque la mejor manera de enmendar un error es no cometiéndolo; y en ello, una asesoría online para autónomos, como la de Infoautónomos, juega un papel fundamental

Modelo 130: pago fraccionado del IRPF

Si eres autónomo y desarrollas actividad económica en estimación directa estás obligado a presentar este modelo 130 de autoliquidación del pago fraccionado del IRPF que del 1 de enero hasta el próximo 30 de enero cumple su cuarto trimestre en el calendario fiscal. Eso sí, quedan excluidos de esta obligación aquellos autónomos que durante el año precedente tengan el 70% de los ingresos sujetos a retención.

Por eso, más que nunca, conviene hacer las cosas bien y cerrar el ejercicio con todo en orden. Ten en cuenta que la información detallada sobre tus ingresos y gastos en cada una de las declaraciones trimestrales del modelo 130 del IRPF redunda en el resultado de la Declaración Anual de la Renta.

Una vez abordado los aspectos básicos de este modelo 130 detallamos algunos de los errores más comunes cometidos durante su cumplimentación.

1. Incluir el IVA en el modelo 130 del IRPF

En este modelo 130, tanto ingresos como gastos deben tenerse en cuenta sin IVA (salvo que tengan la consideración de no deducible) ya que se trata de un impuesto que tiene su propia declaración.

2. Omitir ingresos de facturas que no tienen IVA

Todas las facturas, con independencia de si están exentas de IVA o no, se deben considerar a la hora de presentar el modelo 130. Por ello, no pierdas de vista la casilla 1 donde se especifica los ingresos emitidos mediante factura.

3. No computar los gastos sin factura

Algunos autónomos creen que solo los gastos convenientemente justificados mediante factura son los únicos que se han de especificar y se pueden deducir; sin embargo, el funcionamiento de la normativa del IRPF referente a deducciones es diferente a la del IVA que obliga siempre al autónomo a presentar la factura reglamentaria.

En el modelo 130 también debes incluir y deducirte gastos sin factura aunque con otro tipo de justificante como por ejemplo un recibo bancario. Hablamos de gastos como la cuota de autónomos, los salarios y seguros sociales, pólizas de seguros o los derivados de escrituras públicas y contratos privados.

4. No arrastrar los resultados de declaraciones anteriores del ejercicio

Rellenar el modelo 130 va más allá de incluir los ingresos y gastos referentes a ese trimestre. De hecho, en cada trimestre se realiza la suma de los anteriores dando lugar a lo que comúnmente se conoce como arrastrar resultados, es decir, que en el segundo trimestre hay que incluir los ingresos y gastos del primero y así sucesivamente con el resto de trimestres.

5. Dejar de presentar el modelo 130 en caso de inactividad

Algunos autónomos han cursado su baja en Hacienda y Seguridad Social antes del cierre del trimestre y de la apertura del periodo de presentación. ¿Están exentos entonces de rellenar y presentar el modelo 130? La respuesta es claramente negativa ya que pese a que no haya datos sí existe obligación de presentar el modelo 130 con resultado cero en el trimestre en que te hayas dado de baja. Esta obligatoriedad se extiende a todos los modelos tributarios.

6. Resultado negativo, ¿devolución inmediata?

Mientras que el modelo 303 un resultado negativo da lugar a compensación o devolución en el cuarto trimestre, el modelo 130 del IRPF, por su propia naturaleza, funciona de forma diferente. Por tanto obtener un resultado negativo en el modelo 130 no se traduce en devolución por parte de Hacienda sino que si procede, la compensación se realizará en la declaración de la Renta.

7. No anotar las retenciones de facturas emitidas

En caso de realizar una actividad empresarial que soporta retención en la factura debes tener muy presente la casilla 6 del modelo 130, la correspondiente a "Retenciones e ingresos a cuenta soportados por las actividades incluidas en este apartado y correspondientes al período comprendido entre el primer día del año y el último día del trimestre". En dicha casilla has de indicar el importe total de las retenciones de las facturas emitidas en ese trimestre. Olvidar esta casilla aumentará tu factura fiscal.

FUENTE: EL ECONOMISTA
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