Reducción de los plazos para comunicar la baja de los trabajadores

Publicado el 12/11/2015

Sistema RED

Desde el pasado 26 de julio, los plazos para comunicar a la Seguridad Social las bajas y las variaciones (una variación de jornada del trabajador, una transformación de contrato temporal a indefinido...) se han modificado. ¡Atención! A partir de ahora deberá comunicar las bajas y variaciones dentro de los tres días naturales siguientes (hasta ahora disponía de seis días naturales).

Variación

Si comunica una variación fuera de plazo, los efectos se tendrán en cuenta a partir de la fecha de la comunicación. ¡Atención! No obstante, si dicha variación afecta a la cotización, sus efectos sí que se retrotraerán al día en que ésta hubiera tenido lugar:

Así, si comunica fuera de plazo un cambio de jornada y ello hace que su empresa haya cotizado de más, podrá solicitar la devolución de ingresos indebidos y de los intereses correspondientes.

Y al revés, si dicha comunicación fuera de plazo ha supuesto que haya cotizado de menos, deberá abonar las cantidades correspondientes, más un recargo del 20%.

Baja

Si lo que comunica fuera de plazo es una baja, póngase en contacto con su administración para subsanar el error (envíe un escrito adjuntando el finiquito firmado por el empleado y la carta de dimisión, por ejemplo). Apunte. Algunas Tesorerías son flexibles, y si usted comunica que se le pasó el plazo por error involuntario, aceptarán su escrito y considerarán como fecha de baja la real.

Si no hace nada

Si no informa del error cometido en la comunicación de la baja, la TGSS tendrá en cuenta la fecha de dicha comunicación:

Si es usted quien liquida las cotizaciones y cotiza según la fecha de baja real, la TGSS le reclamará los días adicionales de cotización hasta la fecha de comunicación.

Si su empresa ya está incluida en el sistema de liquidación directa, la liquidación abonada incluirá la cotización hasta la fecha de comunicación. Por tanto, para regularizar la situación deberá subsanar la fecha de la baja y solicitar devolución de ingresos indebidos.

Si da de baja a un trabajador o se produce una variación de datos en un contrato, comunique la gestión a la Seguridad Social en un plazo de tres días naturales.

 

FUENTE: DISJUREX

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