Hacienda obligará a tributar a las empresas españolas con sucursales en paraísos fiscales

Publicado el 21/05/2018
El Gobierno gravará a las sucursales de empresas españolas en territorios de baja tributación y paraísos fiscales para adaptarse a las exigencias de la UE en lucha contra el fraude y completar la recaudación de la nueva 'tasa Google'. El Ministerio de Hacienda gravará este año a las sucursales de empresas españolas en territorios de baja tributación y paraísos fiscales. Así lo prevé el Gobierno para adaptarse a las exigencias de la UE en este ejercicio relativas a la transparencia fiscal internacional y al exit tax o impuesto de salida para sociedades (ver información adjunta). El impuesto a las tecnológicas que prepara el Ejecutivo para financiar la subida de las pensiones que ha pactado con el PNV prevé recaudar 600 millones este año y 1.500 millones el que viene junto con "nuevas figuras tributarias", según el Programa de Estabilidad. Estas subidas del Impuesto sobre Sociedades que prepara Hacienda engrosarán la recaudación.

El Gobierno anuncia en el Programa Nacional de Reformas que ha remitido a Bruselas que "en 2018 aprobará medidas tributarias adicionales a las contempladas en el proyecto de Presupuestos de 2018 para luchar contra el fraude fiscal". En el Impuesto sobre Sociedades, avanza que va a introducir cambios para adaptarse a las nuevas Directivas de la UE anti-elusión fiscal que afectan al Impuesto sobre Sociedades.

De esta forma, las sucursales de empresas españolas en territorios con un tipo nominal del Impuesto sobre Sociedades por debajo del 50% del español -que es del 25%- esto es, del 12,5%, que no acrediten actividad y motivos económicos suficientes para situarse allí deberán tributar en España. Esto afecta a sucursales en Irlanda, Chipre, Luxemburgo o Bulgaria, entre otros, además de las situadas en paraísos fiscales. La norma comunitaria obliga a establecer este tipo mínimo, pero España puede endurecer la tributación. Hacienda ya grava a las filiales de empresas en territorios con un tipo de menos del 75% del español, es decir, por debajo del 18,75%.Una filial es una entidad con personalidad jurídica propia. Si no se constituye una filial, los activos del negocio pertenecen directamente a la sociedad española que invierte en el extranjero, lo que mercantilmente es una sucursal y fiscalmente se considera un establecimiento permanente. Operan con sucursales en el extranjero según datos de sus memorias y del ICEX, BBVA, Bankinter, FCC, Ferrovial, Acciona, ACS, Repsol, y Abantia, entre muchas otras.

La Directiva quiere impedir que se sitúen filiales y sucursales en territorios de baja tributación, como Irlanda, para rebajar la tributación. El artículo 59 establece que las empresas que localicen una filial en un territorio en el que la tributación sea menos de la mitad que lo que tributaría en el Estado donde está la matriz serán gravadas según lo que deberían haber tributado en la matriz si no demuestran que el traslado obedece a motivos económicos. Esta medida podría afectar a deslocalizaciones a Irlanda como la de Grifols, si no hay actividad. La Directiva y la Ley del Impuesto sobre Sociedades establecen que estas obligaciones de transparencia concurren si la empresa no acredita actividad económica, requisito que podrían endurecerse. Albert Mestres, responsable del área de fiscalidad internacional de Toda & Nel-lo, recuerda que la norma española ya prevé reglas para una transparencia parcial (de ciertas rentas), estipulando que se transparenten rentas por alquileres de inmuebles, dividendos (salvo que se cumplan determinados requisitos), plusvalías en la venta de activos, intereses, etc.

De cara a 2020, España debe adaptarse a lo que estipulan las Directivas en lo que atañe a híbridos estructurados e inversos.

En último término, Hacienda deberá reformar la Ley de Sociedades respecto a la deducibilidad de gastos financieros. En este caso, la Directiva es más beneficiosa que la norma española, ya la topa al 30%, pero con un límite de tres millones (en España, de un millón).Este año, Hacienda también debe actualizar el Decreto que establece la lista de países que España considera paraíso fiscal, una adaptación que el Gobierno subraya que debe hacerse "con sujeción a las directrices que establezcan la UE y la OCDE". Se había planteado que España reincorporara a Panamá y Emiratos Árabes Unidos, pero la UE los ha excluido de su lista final. Sí que podría incluirse de nuevo a Bahamas.

FUENTE: EXPANSIÓN
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