Novedades en la Ley de Autónomos que acaban de entrar en vigor

Publicado el 10/01/2018
Qué entró en vigor en octubre y qué entra ahora.

Aunque la nueva Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo se publicó en el BOE el pasado mes de octubre, algunas de las medidas no han entrado en vigor hasta el 1 de enero.

La nueva Ley trajo consigo una serie de mejoras para los profesionales autónomos que ya llevan algo más de dos meses beneficiándose de ellas. Las más importantes son las que exponemos a continuación:

Deducción de gastos de comida. Los trabajadores por cuenta propia pueden deducirse como gasto un máximo de 26,67 euros en comida. Para ello, deben pagarse con tarjeta y solicitar factura. En caso de ser en el extranjero, la cantidad es de 48,08 euros.

Jubilación. Los autónomos podrán jubilarse y recibir el 100% de la pensión, mientras siguen trabajando. La condición es tener, al menos, un asalariado al cargo.

Cuota de autónomos. Es competencia de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) y ya no se relaciona con el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Conciliación. Se ha ampliado a 12 años la bonificación del 100% de la cuota cuando se tiene menores (hasta esa edad) al cargo. En los casos de baja por paternidad, maternidad o adopción, están exentos de pagar la cuota.

Madres. Las madres autónomas se pueden beneficiar de una bonificación en la cuota de contingencias comunes tras la baja. Esta bonificación consiste en una tarifa plana de 50 euros durante un año.

Familiares. Los autónomos pueden contratar a familiares de hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad, con una bonificación del 100% de la cuota un año.

Medidas que entran ahora en vigor

Pero la nueva normativa también trajo consigo una serie de medidas que entraban en vigor a partir de enero. Es decir, desde ya también están disponibles. Éstas son las siguientes:

Ampliación Tarifa Plana. Una de las más deseadas. La tarifa plana de 50 euros de cuota se amplía a un año. Después, los siguientes 6 meses se podrá acoger a una reducción del 50% de la cuota, y los siguientes 6 meses del 30%. Además, los hombres menores de 30 años y las mujeres menores de 35, tendrán una bonificación extra un año más. Tampoco será necesario no haber estado dado de alta como autónomo en los últimos 5 años, sino en los últimos 2.

Deducción suministros. Otras de las medidas más comentadas. Los trabajadores por cuenta propia que realicen su actividad en su domicilio, podrán deducirse hasta el 30% de los suministros del hogar, como la luz, el agua o internet.

Altas y bajas. Los autónomos podrán darse alta y de baja hasta tres veces en el año natral, dependiendo de lo que les interese.

Bases. De igual manera, los profesionales autónomos podrán cambiar sus bases de cotización hasta cuatro veces en el mismo año natural. Esto es muy útil para negocios estacionales, o en los que se ingrese más o menos en determinadas épocas.

Cotización desde el día del alta. Con la nueva ley, el trabajador por cuenta propia cotizará desde el día que se da de alta, y no por el mes completo. Por ende, pagará solo por los días cotizados. Es decir, si un autónomo se da de alta el 25 de enero, solo cotizará, y pagará, por los 6 días del mes.

Recargos deudas. Los recargos por deudas a la Seguridad Social se reducen al 10% el primer mes natural.

Personas vulnerables. Las cuotas de las personas discapacitadas, las víctimas de la violencia de género o terrorista, tendrán una reducción del 80% de la cuota durante un año, y del 50% los siguientes 48 meses.

Todas ellas ya están en vigor, y los autónomos que cumplan los requisitos necesarios pueden beneficiarse de ellas.

FUENTE: CINCODÍAS
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