Aluvión de cartas de Hacienda a inquilinos por deducirse el alquiler

Publicado el 01/06/2017
La Agencia Tributaria sospecha de que contribuyentes con nuevos contratos se siguen aplicando la ayuda irregularmente. Numerosos contribuyentes han encontrado estos días en su buzón un aviso con membrete de la Agencia Tributaria. El Fisco ha enviado una batería de cartas a inquilinos que se aplican la deducción estatal por alquiler, ya que sospecha que lo hacen de forma irregular, según confirman fuentes tributarias a ABC. 

La reforma fiscal suprimió esta bonificación para los contratos firmados a partir del 1 de enero de 2015 pero habilitó un régimen transitorio para los alquileres anteriores. Ahora el Fisco sospecha que inquilinos con contratos contraídos después de dicha fecha se siguen aplicando esta deducción en la declaración del IRPF de forma indebida.

El Fisco maneja los datos de la Renta de 2015, por lo que en las misivas remitidas advierte a los inquilinos de que la deducción por alquiler ha desaparecido para los nuevos contratos. La Agencia Tributaria exhorta por ello a los contribuyentes sospechosos a regularizar su situación.

«Le informamos que si el contrato de arrendamiento de su vivienda habitual es de fecha posterior a 31 de diciembre de 2014, o a dicha fecha no hubiera tenido derecho a practicarse esta deducción, no procede su aplicación en su declaración del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2015 y, en consecuencia, deberá regularizar su situación tributaria presentando una declaración complementaria en la que se elimine la citada deducción practicada», detalla el Fisco en la misiva, a la que ha tenido acceso ABC. Si el afectado se ha deducido indebidamente el alquiler y hace caso omiso, el siguiente paso del Fisco será presentar una paralela.

Sin embargo, la Agencia Tributaria ha enviado también cartas a contribuyentes que se aplicaron correctamente la deducción. Al ser un aviso informativo, muchos han recibido de forma preventiva la notificación del Fisco. La deducción por alquiler de vivienda habitual es uno de los escasos guiños de la Administración al arrendamiento de vivienda. La bonificación beneficia a los menores de 35 años cuando su base imponible es inferior a 24.020 euros y permite deducirse el 10,05% del alquiler en la declaración de la Renta.
76,8 millones este año.

A la larga la deducción desaparecerá o será marginal ya que solo se mantiene como régimen transitorio para los contratos previos a 2015. Ante ello, el Gobierno prevé este año en el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado de 2017 una reducción en el pago de la deducción del 38% hasta los 76,8 millones, la cantidad más baja de los últimos años. En 2015, primer año en el que se limitó, se presupuestó una pérdida para el Estado de 531 millones, el máximo ante el efecto llamada que provocó el fin de la deducción.

La deducción por alquiler se puede seguir aplicando para contratos contraídos antes de 2015 que se hayan prorrogado o que se hayan vuelto a firmar sin cambiar ni inquilino ni arrendador. La Dirección General de Tributos, en una consulta reciente, incluso permitió continuar deduciendo el alquiler a un inquilino que había firmado un nuevo contrato con el heredero de sus anteriores caseros, después de que estos fallecieran.

El inmobiliario es uno de los campos que Hacienda vigila con mayor celo. Junto a esta batería de cartas, con la campaña de la Renta de 2016, la Agencia Tributaria también ha enviado avisos a propietarios que estén alquilando sus pisos en plataformas online como Airbnb o portales inmobiliarios, para prevenirles de que informen de estas rentas a Hacienda, así como a contribuyentes a los que el banco les haya devuelto las cláusulas suelo y deban regularizar su situación.

FUENTE: ABC
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