Sentencia del Tribunal Constitucional de 1 de marzo de 2017. Declara inconstitucionales y nulos, pero únicamente en la medida que someten a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor, los artículos 4.1, 4.2 a) y 7.4, de la Norma Foral 46/1989 del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana del territorio histórico de Álava.
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FUENTE: BOE
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