Una factura fiscal razonable para las herencias

Publicado el 28/03/2017

No es ningún secreto que el régimen legal al que están sometidas las herencias provoca que en ocasiones se conviertan, económicamente hablando, en un caramelo envenenado. Por un lado, porque es frecuente que el legado incluya abultadas deudas –que se heredan junto a los bienes– y por otro, por la obligación de pagar un Impuesto sobre Sucesiones cuyo peso difiere considerablemente de unas a otras comunidades autónomas. Las estadísticas indican que una de cada diez herencias tramitadas cada año en España es rechazada. Solo en 2016, se produjeron 38.791 renuncias, lo que supone la cifra más alta de la serie histórica, iniciada en 2007. Pese a ello, el ritmo de crecimiento de las negativas se ha ralentizado considerablemente en los últimos tiempos. Si mientras en los peores momentos de la crisis inmobiliaria y del elevado nivel de endeudamiento de los hogares, el incremento llegó a alcanzar el 20% anual, el año pasado solo fue del 3,6%.

Las comunidades autónomas recaudaron en 2016 un total de 2.381 millones de euros gracias a la tributación sobre Sucesiones, lo que supone un 0,46% menos que el año anterior. Las diferencias territoriales que existen en España en el gravamen del impuesto se traducen en un tratamiento fiscal muy heterogéneo. Según datos del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), la factura tributaria de una herencia de 800.000 euros, de los que 200.000 corresponden a la vivienda habitual, asciende en Andalucía a 164.049 euros, en Extremadura, a 158.796 euros y en Aragón, a 155.393 euros. En el extremo opuesto, esa misma herencia pagaría 134 euros en Canarias y en torno a 1.500 euros en Cantabria y Madrid. La explicación en estos tres casos tiene que ver con bonificaciones fiscales que superan el 99%.

Pese a que, en general, la tendencia en todas las comunidades autónomas es a rebajar el peso del impuesto –en el caso de Andalucía, por ejemplo, ya existe una bonificación total para los legados que no superen los 250.000 euros–, es evidente que en España no existe igualdad de trato fiscal en materia de herencias. Y no existe hasta el punto de que desde las propias comunidades autónomas –Andalucía y Valencia, por ejemplo, han acusado a Madrid de realizar dumping tributario– se reclama una armonización que previsiblemente se abordará en la reforma de la financiación autonómica. Esa reordenación de los impuestos patrimoniales debería avanzar hacia una reducción y no hacia un aumento de la factura fiscal por este concepto. No en vano el grueso de los contribuyentes que paga el impuesto recibe herencias medianas o pequeñas y no cuenta con una estructura societaria que le permita minimizar o evitar el impacto fiscal. Ello explica el creciente clamor social contra este impuesto y la urgencia de abordar su reforma.


FUENTE: CINCO DIAS

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